La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo desestimó la petición de nulidad planteada por la propiedad del hotel Médano contra la sentencia que esa misma sección emitió el 17 de febrero de 2015, la cual ratificaba la caducidad de la concesión otorgada por el Gobierno central dictaminada por la Audiencia Nacional así como que en el inmueble "se ha construido una superficie superior en más del 10% sobre la que otorgaba la concesión".

El Tribunal Supremo admitió a trámite, el 2 de julio, el "incidente de nulidad" y la consiguiente suspensión de la sentencia por la que el hotel Médano debería ser objeto de una actuación de demolición, parcial o total, en función de la interpretación de cada parte.

El TS sostuvo que la mercantil Hotel Médano S.A. "no ostentaba al tiempo de la iniciación del proceso un derecho o interés legítimo", considerando acreditado que "la propiedad de la finca objeto de la concesión había sido adquirida por la entidad Médano Beach S.L., con quien se siguieron todas las actuaciones". El tribunal tampoco consideró que la transmisión de la propiedad de la finca, realizada el 2 de julio de 1993, implicara la de la titularidad de la concesión administrativa, "cuya caducidad finalmente se declara, al no ser susceptibles de transmisión inter vivos las concesiones demaniales en dominio público marítimo terrestre".

La empresa del hotel "era titular registral de la finca a la entrada en vigor de la Ley de Costas y, también, al aprobarse el deslinde de dominio público que afectó a la misma; sin embargo, ya no lo era en el momento de solicitar la concesión ni con posterioridad, puesto que la repetida finca fue adjudicada en subasta judicial el día 20 de septiembre de 2007" a otra entidad.

El Ayuntamiento de Granadilla de Abona ha venido solicitando al Cabildo la inclusión del hotel Médano como Bien de Interés Cultural (BIC), si bien la Administración insular consideró que no reunía los requisitos para ello.

En el momento en que se dio a conocer la sentencia que el Tribunal Supremo emitió el 17 de febrero de 2015, desde la propiedad del hotel Médano se consideró que ante la misma propondrían "otras cuestiones" y que la decisión judicial "no establece el derribo del hotel" sino "de la terraza que en 1958 se nos concedió". Afirmó la propiedad del establecimiento que este asunto "tiene más de 20 años" y "aún no se ha resuelto". La presentación de un recurso excepcional se valora como otra vía para evitar la demolición de un emblema del turismo en la Isla.