El presidente de Sortu y secretario general de EH Bildu, Hasier Arraiz, ha asumido este lunes, en el juicio celebrado contra él en el TSJPV, la acusación de pertenencia a ETA por haber formado parte de la clandestina mesa nacional de Batasuna entre octubre de 2005 y hasta el 4 de octubre de 2007 --fecha de su detención--.

Fiscalía y su abogado defensor, Iñigo Iruin, han suscrito un acuerdo por el que se reclama que se imponga al acusado una pena de dos años de cárcel e inhabilitación especial para cargo público en el ámbito local, provincial, autonómico, estatal y europeo, y el pago de las costas. Ello supondría que no ingresaría en prisión.

Por su parte, las acusaciones populares, ejercidas por la AVT y Dignidad y Justicia, han rechazado adherirse al acuerdo y han solicitado diez años de cárcel. No obstante, el abogado de la AVT ha planteado, como alternativa, que se le condene a cinco años de cárcel por dilaciones indebidas. Por su parte, DyJ ha añadido a su petición de pena, que la inhabilitación que se aplique al encausado sea también para el desempeño de empleo público.

El juicio ha comenzado pasadas las nueve de esta mañana ante el Tribunal conformado por el presidente de la Sala Civil y Penal, Juan Luis Ibarra, y los magistrados Roberto Sáiz y Nekane Bolado.

La vista oral se podría haber evitado, si las partes hubieran llegado a un acuerdo igual al que se aplicó en enero en la Audiencia Nacional a otros 35 dirigentes de la izquierda abertzale, detenidos junto a Arraiz en octubre de 2007 en la macrooperación desarrollada en Segura (Gipuzkoa) contra la dirección de la ilegalizada Batasuna, y que estaban acusados en el mismo sumario.

Éstos reconocieron en la AN los hechos que se le imputaron, renunciaron a cualquier actividad relacionada con el uso de la violencia y se comprometieron a reparar a las víctimas del terrorismo por el sufrimiento causado.

Sin embargo, en el caso de Hasier Arraiz, que tenía que ser juzgado en el TSJPV por ser aforado, en su calidad de parlamentario vasco, Dignidad y Justicia, que sí se sumó al pacto en la Audiencia Nacional, se negó a suscribirlo al considerar que sería "una traición" a las víctimas.

ASUNCIÓN DE LOS HECHOS

Por ello, este lunes, finalmente, se ha celebrado juicio durante el cual Hasier Arraiz, a preguntas del Fiscal Superior del País Vasco, Juan Calparsoro, ha afirmado, en euskera, que estaba de acuerdo con los hechos que le imputaba el ministerio público.

Además, ha asumido "el Estado de Derecho" y la renuncia a cualquier actividad relacionada con el uso de la violencia. También ha asegurado que pretende, con este reconocimiento, "contribuir a la reparación de las víctimas del terrorismo por el daño y sufrimiento" que les ha causado.

La declaración realizada por Arraiz ha supuesto que las partes renunciaran al resto de las pruebas que se iban a realizar durante cinco días de juicio, y la vista se ha visto reducida a dos horas y media de duración. De esta forma, este martes ya no declararán los históricos dirigentes de la izquierda abertzale Arnaldo Otegi, Rufi Etxeberria, Joseba Permach y José Luis Elkoro, como estaba previsto.

La Fiscalía ha rebajado los seis años de cárcel que pedía a dos años. A través de un escrito, que Iruin había trasladado a Juan Calparsoro, y que éste ha entregado a las partes y al Tribunal, Arraiz ha manifestado su conformidad con el acuerdo suscrito entre su abogado y el Ministerio Público, de forma que reconoce su participación en los hechos, "asumiendo que su conducta fue contraria a la legalidad vigente".

En el acuerdo, el Fiscal e Iñigo Iruin consideran, asimismo, que existe, una circunstancia atenuante "muy cualificada" de dilaciones indebidas aplicables en este caso. En este sentido, recuerdan que, desde que se inició el procedimiento, han transcurrido casi 11 años, y 8 años y medio desde la detención de Asier Arraiz.

Además, subrayan que, en la fase intermedia, también se ha producido una paralización, dado que el auto de conclusión de sumario es de 1 de diciembre de 2009, y destacan que transcurrió más de un año desde que se solicitara la acreditación de la condición de parlamentario de Arraiz y se produce el auto de inhibición de la Audiencia Nacional. También indican que, entre el auto de inhibición y el de aceptación de competencia por el TSJPV, transcurrieron más de nueve meses.

FIN DE LA ACTIVIDAD DEL ETA

El Fiscal Superior ha considerado que la asunción de los hechos por parte del acusado supone "una reparación a las víctimas y la asunción del Estado de Derecho", y ha subrayado que ETA "ha dejado para siempre su actividad violenta".

El ministerio público señala en sus calificaciones que Hasier Arraiz era responsable de Batasuna en Álava y, en su condición de miembro de la Mesa Nacional, "actuó complementando y de forma coordinada con la organización terrorista ETA para conseguir la independencia de Euskalherria mediante la utilización de la violencia".

No obstante, ha pedido que se aplique el nuevo artículo 579 Bis 4 del Código Penal, tal como ha hecho en alguna ocasión el Tribunal Supremo, que establece que "los tribunales, atendiendo a las circunstancias concretas", pueden rebajar la pena en uno o dos grados cuando el hecho sea "de menor gravedad, atendiendo al medio empleado y el daño producido". También ha reclamado que se tenga en cuenta "el principio de igualdad".

Antonio Gutiérrez, en representación de AVT, ha destacado que, en este juicio, no se suma al acuerdo entre Fiscalía y defensa, y cree que, en este caso, no se debe aplicar el artículo el artículo 579 Bis 4, por "la gravedad" de los hechos que se le imputan al procesado.

El letrado ha destacado que Arraiz "ha reconocido su disponibilidad para Batasuna, que estuvo instrumentalizada por ETA, y que se exterioriza en numerosos actos, ruedas de prensa, reuniones y movilizaciones", que suman "hasta 27 actuaciones".

Además, ha señalado que no fue solo "un episodio", sino que hay "una dilatada actividad por parte del acusado" y que, pese a la ilegalización de Batasuna, sigue actuando".

Por su parte, la abogada de Dignidad y Justicia ha mostrado su "absoluta desvinculación" con el acuerdo entre Fiscalía y defensa, y ha rechazado que exista atenuante de dilaciones indebidas.

Además, ha dicho que "Arraiz ha reconocido que, durante más de cuatro años, desplegó toda su actividad política dentro de Batasuna al servicio de la organización terrorista ETA", y que, con ello, "ayudó a que se pudieran llevar a cabo la consecución de los fines de la banda armada".

Por último, Iñigo Iruin ha considerado que "no hay razones jurídicas" para que no se le aplique el acuerdo de la AN a su defendido, y ha recordado que, dentro de la acusación de pertenencia a banda armada, la aplicable a Hasier Arraiz es la menos gravosa.

En este sentido, ha señalado que los hechos que se le acusan no tiene nada que ver con la violencia, sino con su participación en 28 actos, como reuniones, actos políticos, manifestaciones o concentraciones, ruedas de prensa o entrevistas.

"Ésa es la conducta de Arraiz. Esos 28 actos serían los medios mediante los que Arraiz habría cometido el delito de pertenencia a organización terrorista", ha añadido.

En este sentido, ha recordado que "no hay actos de violencia" cometidos por el procesado, sino que estuvo en actos "organizados a la luz del día y con publicidad", lo que podría poner de manifiesto "una falta de conciencia de la antijuricidad de las conductas".

"Con esas conductas no se ha infundido miedo colectivo, situaciones de terror inseguridad a los bienes públicos", ha indicado, para precisar que su defendido, aunque no puede tener privilegios por su condición de aforado tampoco puede salir "perjudicado".