El Juzgado de lo Penal número cinco de Santa Cruz de Tenerife ha absuelto al primer teniente de alcalde de Tegueste, Norberto Padilla, de un delito contra la ordenación del territorio -por unas obras que se excedían de las permitidas- ante la falta de pruebas.

"A criterio de esta juzgadora, no se ha practicado prueba suficiente ni en fase de instrucción ni durante el plenario para entender que el encausado era el promotor de hecho o de derecho de las obras", sostiene la jueza al final de una sentencia con fecha del pasado 31 de marzo, y, a renglón seguido, añade acerca de la instrucción: "El hermano del mismo jamás ha sido llamado a declarar, ni como encausado ni como testigo. No fue recibido en declaración ningún trabajador de la obra o contrata encargada de la ejecución de las obras, pese a que el informe del Seprona identificó a alguno de ellos, a efectos de poder determinar quién les había contratado los servicios. Ni siquiera fue llamado a declarar ningún vecino de la parcela que pudiera esclarecer si uno o ambos hermanos eran los promotores de la obra, resultando la declaración de los agentes del Seprona un tanto contradictoria (...)".

Más en detalle, los hechos se remontan a 2011, cuando el hermano del concejal nacionalista solicitó al Ayuntamiento de Tegueste licencia de obra menor para una vivienda del paraje La Gorgolana. En una visita, los técnicos municipales advirtieron de que los trabajos que se estaban realizando excedían los permisos. Ya en fase judicial, la Fiscalía mantuvo que Norberto Padilla conocía que las obras eran irregulares.

Las dudas acerca de si el edil era o no el promotor responden, entre otras cosas, a que, si bien los permisos los solicitó su hermano, él y otra hermana eran los propietarios del terreno.

Una de las afirmaciones más contundentes que recoge la sentencia (sobre la que se podrá interponer recurso de apelación en un plazo de diez días) es del jefe de la Oficina Técnica del Consistorio teguestero, que indicó que, aunque el permiso hubiese sido solicitado por el hermano, "todo el mundo sabía que era para el hermano [para Norberto], quien, además, se interesaba por la marcha del expediente". Igual que ocurre con otros aspectos de este proceso, la magistrada entiende que lo anterior no es suficiente para considerarlo autor de los hechos de los que se le acusa.