La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife acordó este lunes la modificación de cuatro ordenanzas fiscales, previo a su debate por el Pleno en la sesión prevista para este viernes, para su aprobación inicial, gracias a la cual, en caso de producirse una declaración de baja, el ciudadano solo tributará por el periodo previo.

Concretamente, se trata de la ordenanza fiscal general de Gestión, Inspección y Recaudación, y de las ordenanzas fiscales que regulan el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), la Tasa de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (rodaje).

Con esta modificación se favorece a los contribuyentes, que a partir de ahora no tendrán que pagar estos tributos cuando se produzca una declaración de baja.

Según aclaró el concejal de Hacienda y Recursos Humanos, Juan José Martínez, "con este cambio, el vecino solo pagará la parte que corresponda al periodo previo a producirse esa baja".

Por ejemplo, explicó, una empresa que cesa su actividad no tendrá que pagar el IAE más allá del momento del cierre, y lo mismo en el caso del rodaje de un coche que se vende o se da de baja, indicó. Esta medida persigue mejorar la gestión de estos tributos y permite reducir los expedientes de cobro indebido por parte del Ayuntamiento, y los intereses de demora que genera dicha devolución.

Desde el punto de vista técnico, la modificación, que es común a las cuatro ordenanzas reguladoras, obedece a la posibilidad de que los contribuyentes que presenten declaraciones de baja puedan solicitar a tiempo la anulación del recibo del padrón que se emitiría con la cuota anual.

Además, conllevaría la emisión de otro nuevo recibo con cuota prorrateada a la duración efectiva del periodo impositivo, siempre que se solicite antes que adquiera firmeza el recibo del padrón, esto es, un mes después de la finalización del periodo de información pública de los padrones fiscales.