Hasta cuatro jóvenes de una misma ONG en la confluencia de las calles de La Carrera y Juan de Vera, en pleno casco, una mañana cualquiera, al asalto del viandante. Ya familiar, esa es una de las escenas que están prohibidas expresamente desde el pasado jueves en La Laguna, cuando entró en vigor la Ordenanza de Convivencia, el documento con el que se trata de conseguir la coexistencia pacífica y la protección de los bienes públicos municipales.

Aprobado por el Pleno lagunero hace unos meses y recogido en la edición del BOP del 20 de mayo -con un plazo de entrada en vigor de 20 días tras esa publicación-, el texto cuenta con tres títulos y diez capítulos, y no solo se enfrenta a la presión en el transeúnte de las organizaciones no gubernamentales, sino que, entre otras cosas, también pone freno a la mendicidad "coactiva, de acoso, insistente o agresiva".

La norma se opone a los grafitis y condiciona al respeto colectivo el uso de balones, monopatines y similares en la calle. No se admite la práctica de juegos con objetos que puedan poner en peligro la integridad física de los demás, como tampoco es posible la práctica de acrobacias o actividades de habilidad con bicicletas, patines o monopatines fuera de las áreas específicas. Igual de prohibido está acampar en las vías y espacios públicos urbanos, así como asearse, bañarse o lavar ropa o animales en fuentes.

No es lo único. La práctica de "actos de carácter obsceno" o "sexualmente explícitos"; la prostitución; la realizar necesidades fisiológicas; las apuestas, tarot o masajes; la vigilancia de vehículos o su reparación en la vía son otras acciones que aparecen fuera del ámbito de lo permitido.

De "hogueras y fogatas", nada, salvo en celebraciones populares, y el ruido, bastante controlado. Hasta se fija un horario libre de mudanzas y obras, que se ha establecido entre las 22:00 y las 8:00 horas en días laborables y entre las 22:00 y las 10:00 para los domingos y festivos. También, y más pegado a la idiosincrasia local, se hace referencia al silencio en las procesiones: dice el documento que las actuaciones musicales están prohibidas en Semana Santa allí donde se celebren actos.

La mendicidad y los captadores de ONG, en detalle

La regulación de la mendicidad y de los captadores de ONG son dos de los elementos más llamativos de la ordenanza. Si bien se plantean medidas para "erradicar" la mendicidad, no se la prohíbe esta de forma rotunda, sino solo en aquellos casos con un componente de "acoso". Más categórico es el texto con las ONG: "[Se prohíbe] toda actividad que suponga acciones de presión o insistencia hacia la ciudadanía, o perturben la libertad de circulación de esta, siempre que no cuente con la autorización pertinente, como por ejemplo la actividad de captación de personas por parte de ONG, o cualquier otro tipo de organización".

Las sanciones oscilan entre los 120 y los 3.000 euros

¿Cómo se sancionará la comisión de infracciones? Pues con multas que oscilan entre el importe de las leves de grado mínimo (de 120 a 330 euros), leves de grado medio (de 331 a 540), leves de grado máximo (de 541 a 750), graves (de 751 a 1.500) y muy graves (de 1.501 a 3.000).

Un documento nacido de la participación ciudadana

Una de las particularidades de la Ordenanza de Convivencia - y así lo recoge su propia exposición de motivos- es su elaboración por la Comisión Ciudadana para la Convivencia, integrada por colectivos de distinto tipo del municipio y con varios nombres propios del asociacionismo.

Aclaración del alcalde, José Alberto Díaz, realizada en Twitter: