La Sección Sexta de la Audiencia Provincial (AP) de Santa Cruz de Tenerife dictó el pasado 31 de mayo una sentencia por la que absuelve a José Manuel Rodríguez, el guardia civil que estaba acusado de tráfico de influencias por la Fiscalía por participar en varias reuniones con políticos y técnicos relacionados con el caso Arona.

Rodríguez se enfrentaba a una petición de pena de seis meses de cárcel y una multa de 30.000 euros, en una de las piezas separadas del caso Arona.

Durante su declaración judicial, el agente, que formó parte del Servicio de Información de la Benemérita en Playa de las Américas, aseguró que nunca medió ni asistió a reuniones para desbloquear la concesión de licencias en Arona, y que solo actuó "preocupado" por la situación del municipio.

El ya exacusado insistió en que todo lo que hizo fue "tratar de que dos personas que no se hablaban rompieran el hielo para evitar los perjuicios que se estaban ocasionando a los demás", en referencia a la ruptura de relaciones entre el entonces alcalde, José Alberto González Reverón, y el portavoz del grupo socialista, Francisco García Santamaría.

De marzo a abril de 2008 se produjeron varios encuentros de este agente con políticos y empresarios como García Santamaría; González Reverón, o Pedro Suárez, el empresario y presidente del Círculo de Empresarios del Sur de Tenerife (CEST).

La sentencia de la AP subraya que "no hay prueba y por tanto no quedó determinado que el acusado tuviera una posición de superioridad o prevalencia" sobre García Santamaría, "o que pudiera de alguna forma ejercer presión o instigación susceptible de condicionar una decisión". Tampoco considera determinado "cuál sería el beneficio económico buscado".

Y respecto al exalcalde José Alberto González Reverón, la sentencia añade: "De las conversaciones transcritas y oídas en el juicio, así como las transcritas e incorporadas como documental, no se infiere que tuviera ascendencia o capacidad para ejercer presión moral sobre el alcalde".

La Audiencia concluye que "solo procede dictar una sentencia absolutoria con declaración de oficio de las costas".