El Supremo ha castigado con un día de suspensión de sueldo a un guardia civil que llegó tarde a la intervención de un alijo en Ayamonte (Huelva) y ha rechazado el recurso del agente contra la sanción, basado en que su vehículo no arrancó porque no tenía batería y luego se quedó sin combustible.

"Toda esta circunstancia propició que se retrasara al menos cincuenta minutos en su cometido y que por lo tanto los componentes del operativo allí presente se vieran obligados al traslado de los fardos de la droga aprehendida, para salvarlos del alcance de la marea, de forma manual", recuerda el relato de hechos de la sentencia.

Ello provocó a su vez, añade el relato de hechos, "que las labores de búsqueda de los autores del delito se vieran afectadas".

En otras palabras, los guardias que debían encargarse de las detenciones de los narcotraficantes tuvieron que cargar a pulso con los fardos, lo cual fue aprovechado por los delincuentes para fugarse.

Todo había comenzado cuando la patrulla de vigilancia de la Guardia Civil divisó una embarcación tipo semirígida que se disponía a desembarcar droga en la costa onubense de Isla Cristina, de modo que se puso en marcha un dispositivo del que formaba parte el todo terreno del que era responsable el guardia sancionado.

El capitán de la unidad ordenó al cabo que condujera el vehículo a la zona de la playa "para el traslado de la droga".

"Cuando procedían a ponerlo en marcha comprobaron que no arrancaba debido al mal estado de la batería", por lo que tuvieron que usar las pinzas, cuenta la sentencia.

"Una vez arrancado, y cuando se dirigían al lugar del alijo", el coche se quedó sin combustible, por lo que hubieron de detenerse para repostar.

El guardia responsable del vehículo fue sancionado con un día de pérdida de empleo y sueldo por negligencia en el cumplimiento de sus deberes, pero recurrió con el argumento de que no era culpable del estado del coche.

"Él tenía conocimiento del hecho consistente en que el depósito de gasolina, cuando dejó el vehículo al finalizar el servicio" la jornada anterior a los hechos, no estaba lleno, ni tenía siquiera la mitad del combustible, "sino bastante menos".

"Conocía la norma de la unidad relativa a cómo debían dejarse los vehículos repostados y conocía cómo había dejado el coche", concluye el Supremo para confirmar la sanción.