El Juzgado de lo Penal nº 1 de Santa Cruz de Tenerife ha condenado, en sentencia dictada el pasado 19 de octubre, a una protésico dental que ejercía en Icod de los Vinos a la pena de ocho meses de multa a razón de seis euros diarios --1.440 euros más las costas procesales-- por un delito de intrusismo profesional, tipificado en el artículo 403 del Código Penal.

El Colegio de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife se personó en este juicio como acusación particular tras recibir testimonios de personas afectadas, según ha informado la entidad en una nota de prensa.

El fallo judicial considera hechos probados, a través de las pruebas audiovisuales aportadas, que la acusada, en 2012, trabajaba en su laboratorio de protésico realizando labores propias de un odontólogo al examinar la boca, prescribir una prótesis dental, tomar medidas, probar la prótesis y colocarla a un paciente.

Se trata de funciones que excedían de su categoría profesional como recoge el artículo 2 de la Ley 10/86, el que se dispone que la actuación de los protésicos se centra en el "diseño, preparación, elaboración, fabricación y reparación de prótesis dentales mediante la utilización de los productos, materiales, técnicas y procedimientos, conforme a las indicaciones y prescripciones de los médicos estomatólogos u odontólogos".

El Colegio de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife ya ha logrado varias sentencias favorables por intrusismo profesional. El Colegio insiste en la necesidad de un cambio normativo que traiga consigo el endurecimiento de las penas por delitos de intrusismo profesional, para que éstas sean disuasorias y no se ponga en peligro la salud de los pacientes.

También recuerda que la entidad está a disposición de los pacientes (www.dentef.es) para consultar sus dudas, ya que los colegios profesionales pueden explicarles sus derechos como usuarios y recomendarles los pasos a seguir para reclamar.