Una paciente del Hospital General de La Palma tuvo que ser intervenida quirúrgicamente y permanecer durante varios días ingresada en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) después de que el facultativo que la atendió de una cesárea dejara en su interior una gasa, según se refleja en el dictamen del Consejo Consultivo de Canarias sobre el procedimiento de responsabilidad patrimonial iniciado por la afectada contra el Servicio Canario de Salud.

La paciente ingresó en el hospital el 5 de abril de 2016 con contracciones, por lo que se decidió su ingreso. El parto no evolucionaba debidamente y no se producía progresión en la dilatación, por lo que se determinó la práctica de una cesárea bajo anestesia epidural, produciéndose finalmente el alumbramiento de un varón sano el mismo día 5 de abril. No se producen incidencias intraoperatorias quirúrgicas.

Sin embargo, dos días después de la cesárea, la afectada presenta dos picos febriles y se sospecha de endometritis, por lo que se la trata con antibiótico endovenoso. Sin embargo, a 24 horas del inicio del tratamiento, la paciente no mejora y se opta por la realización de radiología abdominal que revela la presencia de un cuerpo extraño en la cavidad abdominal (gasa), por lo que se procede a nueva cirugía consistente en "laparotomía exploradora con anestesia general e intubación complicada, evidenciándose material seropurulento y extracción de gasa del flanco derecho adherida a epiplón."

Después de la intervención, la mujer es ingresada en la UCI para monitorización y tratamiento, manteniendo intubación.

La reclamante dice haber sufrido daños derivados de la mala praxis médica al haber obviado el recuento de las gasas tras la cesárea practicada, solicitando una indemnización de 20.000 euros por los periodos de hospitalización, trastorno ansioso-depresivo, sometimiento a nueva intervención quirúrgica para la extracción de la gasa olvidada y por la secuela física consistente en una nueva cicatriz quirúrgica.

Tras analizar el caso, el SCS ofreció el 25 de noviembre de 2016 la cantidad de 1.500 euros a la afectada, en un intento por tratar de llegar a un acuerdo y tras la suspensión del procedimiento general y el inicio de uno abreviado, pero la reclamante mostró su disconformidad al considerar escaso el dinero ofrecido con respecto al daño causado.

El caso llegó al Consejo Consultivo de Canarias, que ha resuelto que "si bien la relación de causalidad resulta inequívoca, tal y como se desprende de los informes obrantes en el expediente", es decir, es un hecho que se "olvidaron" la gasa en el interior de la paciente, sin embargo "no ocurre lo mismo con el alcance del daño, su valoración y el cálculo de la cuantía indemnizatoria", por lo que dictaminan reanudar el procedimiento general para hacer una valoración más exacta.