El juez Salvador Alba ha anulado la grabación del soborno que destapó el "caso Unión" porque considera que el entonces consejero de Política Territorial del Cabildo de Lanzarote, Carlos Espino (PSOE), no la hizo de forma espontánea, sino como "evidente intermediario" de la Guardia Civil.

En su calidad de magistrado designado por la Audiencia de Las Palmas para presidir el juicio ante Jurado en el que se juzgará el caso, Alba ha rechazado que pueda utilizarse como prueba la grabación que Carlos Espino hizo el 5 de junio de 2008 al empresario Fernando Becerra mientras este le ofrecía un soborno, presuntamente en nombre del abogado Luis Lleó, si les ayudaba a desbloquear una licencia para construir un millar de viviendas en Playa Blanca.

En un auto difundido hoy por el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma (TSJC) y adelantado por "Canarias 7", el juez asegura que ese audio no cumple las condiciones que exige la jurisprudencia para aceptar una grabación hecha por una persona que participa en ella sin el conocimiento de sus interlocutores.

Salvador Alba sostiene que se trata una grabación "subrepticia" tras la que ve la mano de la Guardia Civil, que facilitó a Carlos Espino el aparato con el que se registró la conversación que mantuvo ese día en su despacho oficial con Becerra y otras posteriores.

"El señor Espino utilizó una grabadora oculta facultada por la Guardia Civil, lo que es igual a que la Guardia Civil oculte en el despacho del señor Espino dicho dispositivo y obtuviera la grabación, sin autorización judicial ni conocimiento judicial de dicha limitación de derechos fundamentales", argumenta.

El magistrado recuerda que ese 5 de junio de 2008 no había "ni siquiera una investigación policial" abierta sobre ese supuesto soborno, sino que lo que ocurrió es que la Guardia Civil había estado la víspera en el despacho de Carlos Espino, este les contó los ofrecimientos supuestamente ilícitos que estaba recibiendo y les reveló que iba a tener de inmediato una reunión con Becerra.

Y subraya que es Espino quien le dice a los agentes que "necesita algún dispositivo para grabar una conversación que iba a tener al día siguiente", aparato que la Guardia Civil le entrega "sin ni siquiera comunicar" este asunto al juez de guardia en Arrecife.

"Es decir, los agentes de la Guardia Civil utilizan a dos Carlos Espino para obtener una grabación para incorporarla a un atestado, sin comunicar nada al Juzgado de guardia pues, sin duda, se iba a quebrantar el derecho a la intimidad de dos personas. Es evidente que tanto la conversación como la grabación de la misma se provocó, lo que la inhabilita como prueba en este proceso", razona Alba.

El magistrado defiende que todos estos argumentos no pierden su validez por el hecho de que Fernando Becerra haya colaborado con la Justicia durante la instrucción y haya confesado que intentó sobornar al consejero del Cabildo, supuestamente, en nombre de Luis Lleó, empresario y abogado para el que ahora se piden seis años de cárcel por su presunta participación en ese cohecho.

Alba alega al respecto que quien acude a reunirse con otra persona "no en un lugar público, sino en un despacho", lo hace con "una expectativa razonable de privadidad", que se ve "frustrada" si lo que allí se habla se graba de forma "subrepticia" y se difunde.

Y subraya que la infracción que aprecia en esa grabación afecta a los derechos "de un tercero que no acude a la reunión", en referencia a Luis Lleó, que "desde luego lo que no puede pensar (...) es que su nombre va a salir a la luz", "sin más indicio" de su participación en esos hechos que lo que dicen quienes allí hablan.

Todo ello determina, a su juicio, que esa grabación deba ser excluida del procedimiento, para que el Jurado "no valore un documento que no goza de la licitud necesaria parar ser valorado por haberse obtenido con vulneración de derechos fundamentales".