El Tribunal Supremo confirmó la sentencia que condena a un educador de la Casa Cuna en Santa Cruz de Tenerife a una pena de 23 años de prisión por tres delitos continuados de abuso sexual, un delito de exhibición de pornografía y un delito de utilización de menores para pornografía.

La Sala de lo Penal del Supremo rechazó el recurso de casación presentado por el acusado contra la sentencia de la sección sexta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que ya le condenó por estos hechos. El acusado Julio C. ejercía su labor como educador en el Hogar Sagrada Familia, conocido como Casa Cuna, dependiente del Cabildo, centro que tenía por cometido la acogida de menores en situación de desamparo social, familiar y afectivo. Aunque fue liberado sindical durante siete años, continuaba acudiendo al centro regularmente. Entre sus funciones como educador estaban las de evaluar las necesidades de los menores acogidos, participar en la programación de sus procesos educativos y atención, practicar estrategias educativas de integración, atender sus necesidades básicas, sanitarias y afectivas.

Según la sentencia, a lo largo de los años, tanto de ejercicio de su actividad profesional como de liberado sindical, aprovechó la posición de privilegio que ostentaba en el centro, la influencia personal y emotiva que por su cometido tenía sobre los menor, la diferencia de edad con ellos y la situación de desamparo en que se hallaban. Agrega que con la intención de satisfacer sus deseos lúbricos, desplegó una intensa actividad tendente a doblegar la renuencia de los menores a mantener relaciones sexuales con él, como la entrega de dinero, de regalos como teléfonos móviles o videoconsolas o quitarles sanciones que le habían sido impuestas en el hogar.

Mediante dichos artificios y la influencia psicológica que ejerció sobre sus personas consiguió que varios accedieran a sus deseos y en algunas ocasiones el acusado, que fue detenido el 20 de enero de 2010, llegó a documentar fotográficamente y en vídeos estos abusos a los menores además de tomar imágenes de contenido erótico y pornográfico a los niños. La sentencia indica que al acusado le fueron incautadas otras imágenes en las que se le veía mantener relaciones sexuales con otros chicos que pasaban por su casa, grabaciones que la mayor parte de ellas eran de los años 2008, 2009 y alguna de 2010.