El Gobierno ha prorrogado por cuarta vez el Fondo Social de Viviendas (FSV) por un año más, hasta el 17 de enero de 2019, y al que desde su puesta en marcha hace cinco año han tenido acceso a un alquiler reducido más de 9.500 familias, según ha informado el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad en una nota.

El fondo se puso en marcha en enero de 2013 con 6.000 viviendas aportadas por las entidades financieras para dar acceso a familias vulnerables por la crisis mediante alquileres reducidos, de entre 150 y 400 euros al mes. En la actualidad, el FSV dispone de casi 9.900 viviendas, sobre las cuales hasta septiembre del pasado año se han realizado más de 9.500 contratos de alquiler.

Economía ha recordado que este fondo forma parte del grupo de medidas para paliar el problema de los desahucios, junto con el Código de Buenas Prácticas y la moratoria de ejecuciones hipotecarias, puestas en marcha por el Gobierno en el año 2012. De estas tres iniciativas se han beneficiado hasta la fecha casi 90.000 familias.

Como consecuencia de estas actuaciones y, sobre todo, gracias a la recuperación de la economía, se ha producido una caída del 84% en el número de ejecuciones hipotecarias en el tercer trimestre de 2017, respecto del momento más álgido, en el segundo trimestre de 2014.

REQUISITOS

Al Fondo Social de Viviendas pueden acceder las personas físicas que hayan perdido la vivienda habitual con posterioridad al 31 de diciembre de 2007 y que en el momento de la solicitud de la vivienda los ingresos familiares no superen el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (en la actualidad, 7.519,59 euros al año en 14 pagas), ni dispongan de otra vivienda en propiedad o en usufructo.

Además, deberán encontrarse en alguno de los nueve supuestos de especial vulnerabilidad contemplados, que son los de una unidad familiar con hijos menores de edad; unidad familiar monoparental con dos o más hijos a cargo, y unidad familiar en la que alguno de sus miembros tenga declarada discapacidad superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite.

Entre los supuestos también se contemplan las unidades familiares en la que el deudor hipotecario que haya perdido su vivienda se encuentre en situación de desempleo y haya agotado sus prestaciones; unidad familiar en la que exista alguna víctima de violencia de género; personas en situación de dependencia o con discapacidad para las que la vivienda supone un activo indispensable para su inclusión social, y personas mayores de 60 años.

De igual forma, también pueden beneficiarse del fondo las personas en situación de prejubilación o jubilación que mediante aval hayan asumido las deudas de sus hijos o nietos, así como otras personas o unidades familiares con circunstancias de vulnerabilidad social distintas a las mencionadas.

La prórroga del Fondo Social de Viviendas ha sido acordada por el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad con el Ministerio de Fomento, el Ministerio de Sanidad, la Plataforma del Tercer Sector, el Banco de España y las asociaciones bancarias.