Los miembros del Tribunal del Jurado fue unánime al ratificar la culpabilidad de Francisco P. A. y Candelaria H. H. como autores de un delito de asesinato con los agravantes de alevosía y ensañamiento a un vecino del municipio palmero de Fuencaliente que tuvo lugar a finales del año 2015. Los integrantes del Tribunal Popular se oponen a la concesión de indulto y creen probada la participación de Francisco P. A. en los hechos, pese a que en la última versión que ofreció dicho procesado durante el juicio hizo recaer toda la responsabilidad en la mujer que lo acompañó, Candelaria H.H..

La autoría de ambos en el crimen queda acreditada por el informe planteado por los médicos forenses, en el que se habla de que las diferentes heridas fueron causadas por dos tipos de armas distintas, un machete y un cuchillo y por, al menos, otras tantas personas.

Los investigadores de la Policía Judicial de la Guardia Civil encontraron restos de ADN de cada uno de ellos en el lugar del asesinato, una tienda de campaña situada en la huerta de la casa familiar de la víctima.

En el Veredicto, los componentes del Tribunal del Jurado resaltaron las contradicciones en las que incurrieron los dos acusados, que salieron a la luz a través de las cámaras de seguridad del hospital insular o los seguimientos a los teléfonos móviles.

Las pruebas "desmontaron totalmente" la declaración efectuada por Francisco P.A., cuando dijo que aquella noche estaba enfermo, se había acostado temprano y, sobre las dos y media de la madrugada, la mujer apareció herida en su vivienda de la localidad de Las Breñas.

El Jurado mantiene que existió agravante de alevosía, en cuanto a que aparcaron el coche a 150 metros de la casa, utilizaron una linterna especial para no ser vistos y acudieron de madrugada para sorprender a la víctima.

El ensañamiento se derivaría de haber empleado "tal violencia" que al agredido le fue imposible defenderse y de que causaron 17 heridas, de las que tres fueron mortales de necesidad.

En las conclusiones leídas por un portavoz del Tribunal Popular, se rechazó la aplicación de los atenuantes solicitados por la defensa de Candelaria H. H., y es que, aunque efectivamente se decidió a colaborar con las fuerzas de seguridad, lo hizo cuando ya había sido detenida.

Los integrantes del Jurado tampoco ven real el arrepentimiento mostrado en sus declaraciones y en la vista.

Una vez escuchado el veredicto, la Fiscalía ratificó que mantiene íntegramente su petición de que ambos sean condenados a 22 años de cárcel cada uno y a otros cinco de libertad vigilada.

La responsabilidad civil quedaría fijada en 150.000 euros para indemnizar al hijo del fallecido.