El Tribunal de Cuentas presentará este lunes ante la Comisión Mixta (Congreso-Senado) el informe que detectó deficiencias en la justificación de la contratación realizada por los ministerios del área político-administrativa del Gobierno en 2015 y que desveló que no se está atendiendo la previsión legal de favorecer a empresas que garanticen su compromiso con la igualdad.

En ese informe se examinó el cumplimiento de las obligaciones de la Administración a la hora de explicar sus contrataciones y el sometimiento a la legalidad vigente, incluyendo también los compromisos con la Transparencia y con la Igualdad. En concreto, se analizaron contratos de los ministerios de Exteriores, Justicia, Defensa, Educación y Presidencia en el ejercicio 2015.

En el informe se denunció que la mayoría de los órganos de contratación no cumplieron la obligación de remitir en plazo al Tribunal de Cuentas la información contractual y que hubo "deficiencias" en el envío de relaciones certificadas y del número de expedientes de contratación correspondientes al ejercicio 2015.

MÁS VOLUMEN CONTRATADO DEL INFORMADO

Según dice, los ministerios y organismos examinados han remitido relaciones certificadas de 2015 que incluían un total de 3.634 contratos, por un importe de 1.199,19 millones de euros. A su vez, han remitido 963 expedientes de contratación del mismo año por 1.664,92 millones. Esta segunda cifra es mayor que el sumatorio de las relaciones certificadas, debido a que algunos órganos de contratación no enviaron sus relaciones pero sí registraron los contratos.

Además, el Tribunal que preside Ramón Álvarez de Miranda señala también que no se le enviaron contratos de remisión obligatoria que figuraban en las respectivas relaciones certificadas.

En cuanto a la documentación de los expedientes examinados, se han observado deficiencias en su remisión al Tribunal de Cuentas, así como en la documentación producida en la fase de ejecución y que ha sido expresamente requerida por el Tribunal de Cuentas.

Sobre la preparación, adjudicación y formalización de los contratos se ha constatado que no se aportaron informes técnicos de valoración de las ofertas presentadas, lo que impide comprobar su conformidad con los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) y con los principios orientadores de la contratación pública.

Asimismo, en un número significativo de expedientes, no se concretaron -o lo hicieron erróneamente- los medios de acreditación de la solvencia para las empresas licitadoras. También que las memorias justificativas de algunos expedientes no acreditaron la necesidad de la operación objeto de la contratación y que la necesidad de la contratación se motivó en informes emitidos en términos genéricos y sin concretar las circunstancias específicas existentes en el momento en el que se propuso la tramitación del expediente.

Y en un número relevante de expedientes, dice el informe, no figura una memoria o documento de carácter económico que justifique el presupuesto que se ha fijado.

RECOMENDACIONES

Por ello, la institución recomienda "emplear una mayor diligencia a la hora de remitir toda la documentación" y "tener un mayor cuidado y precisión en la redacción de la solvencia exigida a las empresas licitadoras, concretando en todo caso los mínimos que dichas empresas han de acreditar".

A su juicio, las memorias justificativas deberían determinar, con detalle y precisión, cuáles son las necesidades reales a satisfacer con la prestación objeto del contrato, conteniendo referencias específicas a las particulares circunstancias concurrentes en el momento en el que se proponga la tramitación de cada expediente de contratación, en lugar de referencias genéricas.

Igualmente, los informes técnicos de valoración de las ofertas presentadas por los licitadores deben explicarse y motivarse suficientemente, lo que permite comprobar que las puntuaciones han sido otorgadas correctamente conforme a los criterios de adjudicación fijados en los pliegos.

También recomienda "llevar a cabo un mayor seguimiento de la ejecución de los contratos y del cumplimiento de los plazos, debiendo hacer efectivas las garantías en caso de incumplimiento y, en su caso, la imposición de penalidades".

En cuanto a la Ley de Igualdad, la institución lamenta que, con carácter general, las entidades fiscalizadas no hicieron uso de la previsión legal de dar preferencia a las empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica o profesional, hubieran adoptado medidas en materia de igualdad o bien condiciones especiales de ejecución con el fin de promover la igualdad entre mujeres y hombres en el mercado de trabajo.

En ese sentido, llama a una "aplicación efectiva y regular de las previsiones" de la Ley Orgánica de Igualdad "tendentes a promover dicha igualdad a través de la contratación, sin perjuicio de su carácter potestativo".