La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado íntegramente el recurso interpuesto por la Asociación Nacional de Editores de Libros y Materiales de Enseñanza (ANELE), la Federación de Asociaciones Nacionales de Distribuidores de Ediciones (FANDE) y la Confederación Española de Gremios y Asociaciones de Libreros (CEGAL), contra la orden de la Consejería de Educación sobre el uso gratuito de libros de texto por parte del alumnado.

Esta orden aprobó la regulación de la gestión e implantación progresiva del uso gratuito de los libros de texto del alumnado matriculado en educación básica, en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma, "orden que se confirma por ser plenamente ajustada a Derecho".

El recurso de los editores no iba contra la gratuidad de los libros, sino contra la fórmula empleada por el Gobierno regional, consistente en el préstamos y reutilización de los materiales, que, a su juicio, vulnera los derechos de propiedad intelectual.

Una de las alegaciones contenidas en el recurso que ahora se falla está centrada sobre si el sistema informático puesto a disposición de los centros por parte de la Consejería incluía datos sobre precios de venta de cada libro, como modo de referencia o como máximo importe subvencionable.

Sobre este punto, el tribunal matiza que "no se vulnera, pues será cada librero dentro de su libertad quien podrá fijar el precio que más convenga a sus intereses comerciales, y ajustar los precios de los libros de que dispone para así poder venderlos a los beneficiados del sistema implantado por la administración u optar por el que más le convenga con independencia de si el precio fijado permite su venta a los alumnos beneficiados del sistema".