El Ministerio de Fomento reiteró ayer que mantendrá la bonificación del 50% en los billetes aéreos para los residentes no peninsulares y ha subrayado que "en ningún caso va a alterar o modificar los derechos de todos los ciudadanos de Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla".

Fomento reaccionó así a las críticas que suscitó la posibilidad de que establezca una cantidad máxima subvencionable para este tipo de billetes, algo para lo que le faculta la ley de Presupuestos Generales del Estado de 2013.

El Gobierno canario (CC-PSOE) fue el primero en manifestar su protesta, tras filtrarse que se barajaba establecer un tope de 60 euros por trayecto a la subvención a los billetes entre el Archipiélago y la Península, pero este lunes se le unió el presidente de Baleares, José Ramón Bauzá (PP), que anunció que el Govern considera "innegociable" el mantenimiento del descuento del 50%.

En un escueto comunicado, Fomento respondió ayer que va a mantener ese descuento y anunció además que tiene previsto reunirse con las aerolíneas que operan las conexiones de Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla "para estudiar la relación de tarifas y favorecer la eficiencia en el sistema de bonificaciones". "En virtud de la información recabada por el Observatorio de Precios y Competitividad del Ministerio de Fomento, se ha advertido con preocupación el comportamiento de los precios, dado que para el mismo trayecto algunos billetes quintuplican incluso la tarifa media de esa ruta", añadió.

Precisamente, los grupos socialista y nacionalista en el Parlamento canario anunciaron ayer que llevarán al próximo pleno una proposición no de ley para que el Parlamento de Canarias acuerde la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra la disposición adicional decimotercera de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2013, que contempla un "posible límite" a la subvención al transporte de pasajeros.

Según ambos grupos, se aprobó "sin el preceptivo informe a que se refiere la disposición adicional tercera de la Constitución Española y el artículo 46.3 del Estatuto de Autonomía de Canarias, y sin que, ni siquiera, se haya requerido la audiencia de la Cámara regional a que se refiere el texto estatutario".