El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó la lista de evaluación para la modificación de la Ley de Patrimonio Histórico de Canarias, un documento que expone los motivos que han dado origen a la futura nueva norma, tal y como se establece para la elaboración y tramitación de las iniciativas del Gobierno.

De esta manera, la lista de evaluación incluye los esquemas, estudios, informes o estadísticas que sean convenientes para un mejor conocimiento de los efectos de la normativa pretendida.

Transcurrida más de una década desde su entrada en vigor de la ley vigente, se ha considerado conveniente la elaboración de un nuevo texto legal de actualización y puesta al día del régimen jurídico y competencial del Patrimonio Cultural en Canarias.

Aquí, las disposiciones del nuevo documento son fruto, por una parte, de la experiencia acumulada a lo largo de estos años en la aplicación de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, en la protección, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico y cultural, además de la necesidad de mejorar las competencias administrativas de tramitación y gestión del patrimonio histórico y cultural, profundizando en la insularización de la protección y conservación.

Por su parte, con este Informe de impacto normativo se pretende actualizar la regulación legal del régimen jurídico y competencial del Patrimonio Histórico y Cultural en Canarias, por considerarse uno de los pilares básicos para la materialización del principio de sostenibilidad en la ordenación territorial y urbanística de cada isla.

SOPORTE DE LA IDENTIDAD ATLÁNTICA

Así, el Gobierno regional señaló que el patrimonio histórico y cultural de Canarias constituye no sólo el depósito, sino el soporte de su identidad atlántica e isleña, en la que se afianza la condición cosmopolita y la vocación universal de la cultura e identidad canaria.

El mismo ha de ser globalmente entendido y valorado como la explicación de una historia pasada que a través de sus manifestaciones sociales, culturales y económicas han posibilitado la evolución histórica.

Configurado como un legado multiforme, con aportaciones de diferentes componentes, los perfiles del patrimonio cultural permiten, sin embargo, su caracterización tanto por referencia a sus elementos comunes como a unos orígenes históricos compartidos.

ACTUALIZAR EL RÉGIMEN JURÍDICO DE PROTECCIÓN

Esta Ley modificativa pretende actualizar el régimen jurídico de protección del patrimonio como una tarea que incumbe tanto a los poderes públicos como a los ciudadanos en general.

Con todo, se presenta bajo la nueva denominación de ''Patrimonio Cultural'', por entender que la unión de ambos calificativos describe adecuadamente el conjunto de bienes cuya protección, conservación y acrecentamiento constituyen su objeto, al tiempo que define de forma más adecuada el conjunto de bienes que lo integran.

Los sectores afectados por la futura norma serían en general los propietarios de bienes culturales, susceptibles de ser declarados de ''interés cultural'', en particular, la Iglesia Católica, las Administraciones públicas y los particulares titulares de bienes muebles e inmuebles de valor histórico, artístico, etnográfico, arquitectónico, industrial, que puedan considerarse dignos de protección.

Otro bloque afectado por la norma serían aquellas entidades integrantes del Tercer Sector formado por fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro, constituidas para el fomento, conservación y protección del patrimonio cultural.