Los empresarios de las escuelas infantiles llevan años denunciando el intrusismo de algunos centros que ejercen como guarderías sin tener autorización para hacerlo. Las intenciones del Gobierno canario de imponer un mayor control sobre la situación se materializarán en breve a través de un decreto, ahora en fase de proyecto, que regulará ludotecas y centros de ocio infantil para determinar con exactitud qué funciones pueden cumplir y qué requisitos deben reunir para ello.

El borrador de la normativa se encuentra en exposición pública y entrará en vigor antes del verano, adelanta José Gilberto Moreno, director general de Dependencia, Infancia y Familia, quien asegura que la Administración ha "cogido el toro por los cuernos".

En este sector existe "muchísima clandestinidad. Incluso hay garajes que funcionan como centros infantiles", sostiene Moreno. Tal es así que la Administración no conoce el número de estas instalaciones. "No las tenemos cuantificadas", admite.

Este paso se dará cuando comience a aplicarse la normativa, que recoge la obligación de que la consejería competente en Infancia y Familia cree y mantenga un registro actualizado de las ludotecas y centros de ocio infantil acreditados.

Serán los ayuntamientos quienes se encarguen de certificar la acreditación de estos centros y de concederles la licencia de apertura, así como de realizar las inspecciones. El papel de las corporaciones locales es clave. De hecho, José Gilberto Moreno espera que sea la Federación Canaria de Municipios (Fecam) la que pueda aportar el número de instalaciones de este tipo que hay en las Islas.

El "vacío" normativo que caracteriza a este tipo de centros se generó después de la regulación de la educación infantil de cero a tres años, que dejó fuera instalaciones como las ludotecas, las antiguas guarderías y los puericultores.

El proyecto establece que "las actividades que desarrollen las ludotecas, centros de ocio infantil y espacios de actividades infantiles no convencionales se realizarán fuera del horario lectivo" y estarán destinadas a niños de hasta 14 años.

Sin embargo, los menores de entre cero y tres años deberán estar acompañados de su padre, madre o tutor y "en ningún caso los profesionales del recinto pueden ser autorizados como acompañantes".

Entre las condiciones de espacio que han de satisfacer estos centros se encuentran la obligación de ocupar toda una instalación o una parte independiente de esta; disponer de zona de acogida, espacio de juegos, área de administración y gestión, almacén y aseos; y tener un aforo máximo resultante de la proporción de dos metros cuadrados de espacio de útil para el juego por usuario.

Aunque cada centro establecerá su horario -fuera del escolar-, la atención a los niños estará limitada a un máximo de tres horas.

En cuanto al personal, deberán ser profesionales o ludotecarios "en número suficiente y con la debida preparación", aspectos que adquirirán más desarrollo en un reglamento posterior. Cuando el equipo supere las dos personas, estará bajo la dirección de un profesional con una titulación mínima de técnico de grado superior en Servicios Socioculturales y a la Comunidad o con titulación universitaria en Psicología, Pedagogía o Educación Infantil.

La proporción entre trabajadores y usuarios será de un profesional por cada 12 niños de cero a seis años o por cada 15 mayores de seis.