El Ayuntamiento de Valverde bonificará el Impuesto sobre Bienes Inmuebles hasta en un 50 por ciento, reducción que se aplicará a las familias numerosas, viviendas de protección oficial, viviendas donde se instalen sistemas de aprovechamiento energético y aquellas donde se realicen actividades generadoras de empleo.

El alcalde de Valverde, Juan Manuel García Casañas, destaca que la aplicación de estas bonificaciones ha sido posible gracias a la buena salud financiera de la corporación municipal y al alto grado del cumplimiento de los ciudadanos con sus obligaciones tributarias.

Según los datos facilitados por el Ayuntamiento, se establece una bonificación del 40 por ciento para las familias numerosas siempre que el inmueble de que se trate constituya la vivienda habitual de la familia y su valor catastral sea inferior a 180.000 euros.

Además, se establece una bonificación del 50 por ciento de la cuota para los inmuebles en los que se desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal.

La declaración de especial interés o utilidad municipal la realizará el pleno del Ayuntamiento, previa solicitud del sujeto pasivo, por voto favorable de la mayoría simple de sus miembros.

Según el Ayuntamiento, los contribuyentes que soliciten esta bonificación en la cuota tributaria tendrán derecho a la misma por un plazo máximo de tres periodos impositivos, bajo la condición de que continúen en el ejercicio de las actividades económicas durante dicho periodo.

La concesión de esta bonificación se podrá solicitar hasta el 30 de noviembre del ejercicio inmediatamente anterior a aquel en que deba tener efectividad, sin que pueda tener carácter retroactivo.

Con efectos exclusivos para el año 2015, por ser el primer ejercicio en que es de aplicación se puede solicitar la concesión hasta el último día del periodo de pago voluntario del impuesto.

Asimismo podrá tener una bonificación de hasta el 40 por ciento las edificaciones residenciales en las que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo y cuyo valor catastral de la vivienda no supere los 180.000 euros.

La aplicación de esta bonificación, que tendrá un límite temporal de 8 años desde la instalación de los sistemas que da derecho a su percepción, estará condicionada al cumplimiento de que las instalaciones para la producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.