El Tribunal Supremo (TS) ha archivado la causa en la que se acusaba al senador y exalcalde de Santa Cruz de Tenerife Miguel Zerolo, de Coalición Canaria, de haber recibido pagos de tres millones de euros y un piso en relación con una recalificación de parcelas, supuestamente irregular, en el Valle de Tahodio.

El magistrado del Supremo que ha instruido el caso, Andrés Martínez Arrieta, considera que esa acusación no ha sido suficientemente acreditada y que, incluso en el caso de que los hechos fueran ciertos, estos ya habrían prescrito.

El exalcalde y senador de Coalición Canaria declaró el viernes ante el Supremo que nunca cometió irregularidad alguna en relación con este asunto, el tercero instruido contra él por el Alto Tribunal, que ya le ha condenado por prevaricación y le investiga por malversación en el caso de Las Teresitas.

En el auto de archivo, el Supremo señala que en esta causa se han investigado dos dádivas, en concreto una 3 millones de euros para su partido y otra de un piso a mitad de precio para la hermana del político, cuya recepción podría haber constituido delito de cohecho.

Respecto a la primera, el magistrado recuerda que la acusación pública ya recomendó en el Juzgado que se sobreseyera esa imputación, "lo que revela la insuficiente acreditación del hecho".

En cuanto a la segunda, el instructor apunta que la defensa ha aportado documentos que "cuestionan" que la venta de esa vivienda fuera en realidad una donación.

Además, el Supremo pone en duda que existiera una relación causal entre "esa hipotética dádiva" y la recalificación de parcelas, algo que no encuentra "una mínima acreditación" ni en las declaraciones tomadas en este procedimiento, ni "tampoco aparece refrendada por documentación u otra actividad probatoria".

En cualquier caso, incluso si los hechos fueran ciertos, añade el instructor, ya habrían prescrito, por lo que acuerda el sobreseimiento.

En el auto, el magistrado Andrés Martínez Arrieta indica que la posible recepción de la última dádiva se produjo en 2005, mientras que la causa contra Zerolo se incoó en diciembre de 2013.

Así, la única forma de no estimar la prescripción del delito a juicio de Martínez Arrieta sería relacionar la entrega de dichas dádivas con una actuación administrativa constitutiva de delito o un acto injusto relativo al ejercicio del cargo.

El juez centró sus interrogatorios a Zerolo del pasado viernes en esa relación causal entre la hipotética dádiva y un acto administrativo, "sin que de esas declaraciones resulte una mínima acreditación" del asunto, según dice en su auto, contra el cual cabe recurso ante la Sala Segunda del Supremo.

Zerolo tiene abierta otra causa en el Supremo por el denominado caso de las Teresitas, por el que el Alto Tribunal pidió su suplicatorio el pasado mes de noviembre al Senado para actuar contra él por delitos de malversación de caudales públicos y prevaricación.

Además, el pasado mes de julio, el Supremo condenó a 8 años de inhabilitación al político canario por prevaricación en la concesión de unas obras de rehabilitación.