El Tribunal Supremo ha considerado que no tienen lugar los recursos de casación del Gobierno canario contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que le ordenaba compensar a cuatro empresas afectadas por la moratoria y que, en total reclamaban, 167 millones de euros.

En concreto el Supremo avala una sentencia de la Sala de lo Contencioso administrativo que condena a la administración a iniciar y resolver los procedimientos de reclasificación del suelo y de fijación de indemnizaciones, tal y como señala la propia ley de la Moratoria. Aclara el texto del Alto Tribunal que no obstante la sentencia no prejuzga sobre el derecho a la obtención y alcance de las indemnizaciones, sino que se limita a condenar a la Administración a iniciar y resolver el procedimiento.

El TSJC ya había ordenado compensar con 167 millones a cuatro empresas

Las empresas afectadas solicitaban 9,2 millones, 12,7 millones, 104 millones, 2,6 millones y 38,2 millones. En ocho sentencias, el Tribunal Supremo desestima otros tantos recursos que interpuso la Comunidad Autónoma contra la sentencia del 22 de julio de 2013 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en la que se estimaba la demanda de varios promotores que reclamaban el pago de una indemnización por la "inactividad" de la administración autonómica. La sala del TSJC dio la razón a los propietarios de las parcelas turísticas, situadas en Gran Canaria y en Fuerteventura, que tenían derechos consolidados así como que cumplían los requisitos legales para obtener la licencia de construcción pero que debido a la moratoria no pudieron edificar. El Supremo reconoce que se trata de un procedimiento que no se inserta en ninguno de los procedimientos tipo regulados en la legislación procedimental.