El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Arrecife ha dispuesto requerir fianzas de más de 1 millón de euros a la exalcaldesa de esa capital María Isabel Déniz y al exjefe de su oficina técnica Juan Rafael Arrocha y de 240.000 euros a Dimas Martín en el marco del llamado caso Unión.

La fianza fijada para Déniz asciende a 1.798.793,36 euros y la establecida para Arrocha a 1.032.000 euros, según se detalla en un auto del referido juzgado emitido a raíz de diligencias previas efectuadas en relación a ese caso, que investiga presuntos delitos de corrupción, y que ha hecho público hoy el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Delitos contra la Administración Pública, como cohecho, malversación y prevaricación, son algunas de las acciones punibles sobre las cuales trata ese auto, en el que figuran como imputadas otras catorce personas, además de María Isabel Déniz y Dimas Martín, que ocuparon cargos públicos militando en las filas del Partido de Independientes de Lanzarote (PIL), y de Juan Rafael Arrocha.

Entre los hechos analizados figuran adjudicaciones irregulares de servicios públicos, como los de gestión de residuos o limpieza, y también de obras, que supuestamente habrían llevado a cabo esos y otros excargos públicos a cambio de recompensas en metálico entregadas por las empresas que se beneficiaron de ellas.

Las cuales llegaron presuntamente a abonar "dádivas" que ascenderían a 449.698,34 euros en el caso de la exalcaldesa, a 60.000 euros en el de Dimás Martín, que fue presidente del Cabildo de Lanzarote, y que, en lo tocante a Arrocha, "habrían alcanzado mínimamente los 258.000 euros", según se relata en el pronunciamiento judicial.

El cual ordena, por otra parte, un sobreseimiento provisional y parcial de las actuaciones en lo referente a dos de los acusados, Marco Aurelio Hernández y Miguel Ángel Leal, con el argumento de que no ha sido "debidamente justificada la perpetración de los hechos imputados" a ambos.

En lo que respecta al resto de los imputados, el juzgado ordena que se de traslado del auto al Ministerio Fiscal y, en su caso, a las acusaciones personadas, para que, en un plazo de 30 días hábiles "formulen escrito de acusación, solicitando la apertura del juicio oral en la forma prevista por la ley, o bien el sobreseimiento de la causa".

"Sin perjuicio de que puedan, excepcionalmente, solicitar la práctica de las diligencias complementarias que consideren imprescindibles para formular la acusación", matiza el texto.