El Gobierno de Canarias ha tomado en consideración el proyecto de decreto sobre el Reglamento de organización y funcionamiento, que se remitirá al Consejo Consultivo para que emita dictamen.

El Consejo de Colaboración Insular es un órgano de colaboración y cooperación permanente entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma y los Cabildos Insulares.

Según el proyecto de decreto, el Consejo estará integrado por siete representantes de la Administración autonómica y otros tantos por parte de los Cabildos, uno por cada Corporación insular.

El Consejo desarrollará las competencias que le atribuye la Ley de Cabildos, entre ellas, la aprobación del acuerdo en el que se fijen las competencias que se transfieren a los Cabildos, las que siguen correspondiendo a la Administración de la Comunidad Autónoma y las que deban compartir.

La constitución y funcionamiento del Consejo no supondrá incremento del gasto público ni disminución de los ingresos públicos, debiendo ser atendido con los medios personales, técnicos y disponibilidades presupuestarias ordinarias asignadas al órgano superior competente en materia de régimen local, no dando lugar a planteamiento de necesidades adicionales de financiación.