La Consejería de Sanidad elude de forma sistemática desde 2014 las normas de adquisición de suministros, según ha manifestado de forma reiterada el Consejo Consultivo en más de medio centenar de dictámenes.

En el 161/2016, se recoge que el Hospital de La Candelaria recibió "diversas facturas" de empresas de productos farmacéuticos y sanitarios por un importe total "de 718.339,03 euros" en 2015. Todos estos suministros se adquirieron "sin tramitación de procedimiento contractual" y utilizando la figuración de que "cada entrega constituía un contrato menor, individualizado e independiente".

Se tramitaban como contratos menores, que no requieren publicidad ni concurrencia pública, pero, sin embargo, muchos superaban la cuantía permitida para este tipo de contratos, que está establecida en 18.000 euros. Además, en el caso del dictamen 161/2016 ni siquiera existía partida presupuestaria para ello.

Por tanto, se inicia un expediente de nulidad, en el que el Consultivo tiene que emitir un dictamen. Y este considera, como en "32 dictámenes" anteriores emitidos solo en 2016, que hay motivos de nulidad. En el 2015, fueron al menos 23, según señala el Consultivo en otra resolución.

No obstante, en el dictamen de 161/2016 requiere unos anexos que faltan y, en otros anteriores, reconoce que aunque el contrato debe ser nulo, los suministros se han servido y se han utilizado, por lo que reconoce el derecho a cobrar del suministrador.

En el caso del dictamen 128/2016 referente a unas facturas del área de salud de La Gomera que ascienden a 59.960 euros, el Consultivo señala que "es evidente que la declaración de nulidad choca frontalmente con los derechos adquiridos por los contratistas afectados por las contrataciones fraudulentamente realizadas".

El dictamen número 139 de este año, relativo a una nulidad de contrato en el Hospital Doctor Negrín, el ponente se queja de que el SCS "sigue haciendo caso omiso de las indicaciones que le realiza su Servicio Jurídico y este Organismo, pues continúan adquiriendo suministros sin seguir pautas procedimentales legalmente exigidas y tantas veces recordadas por este Consejo".

En otro de los dictámenes, referido a facturas que ascienden a 59.177,09 en el Hospital Universitario de Canarias (HUC), el ponente se queja de que "en lugar de seguir las indicaciones realizadas de forma reiterada por este Consejo y por su propia Asesoría Jurídica, la Administración sanitaria ha optado por elaborar para los expedientes de nulidad contractual una especie de modelos normalizados de resoluciones e informes que remiten a los respectivos anexos la concreción subjetiva y objetiva de los expedientes de nulidad afectado, sin señalarle nada de ello en el cuerpo de los citados documentos".

En muchos de los dictámenes, dichos anexos están incompletos, por lo que el Consultivo vuelve de nuevo a requerir al SCS para que los complete. En el dictamen 139/2016, aunque es el propio SCS el que inicia el expediente por fraccionamiento contractual, no "acredita que se haya producido ese fraccionamiento". Lo que parecen formas igualmente dudosas de alargar los procedimientos para que caduquen.

"Con total desprecio a la normativa"

El ponente del dictamen 136/2016 dejó claro que es incorrecto "utilizar la nulidad de los contratos (vía excepcional y de aplicación restrictiva) como forma habitual de convalidar la contratación de suministros médicos, realizados con total desprecio a la normativa de aplicación y que resulta plenamente aplicable en el presente caso". En este, como en otros, el ponente recuerda el límite de fraccionamiento y que el SCS "contrata sin una correcta planificación previa que permita lograr la eficiencia y racionalidad en la utilización de los recursos públicos y con total desprecio a los principios reguladores de la contratación pública: transparencia, legalidad y seguridad jurídica, buena fe y confianza legítima".