El Tribunal Supremo rechazó el recurso de casación presentado por el policía local de Puerto del Rosario (Fuerteventura) J.F.B.H. contra la sentencia Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria que le condenó por detener en Fuerteventura a un abogado que iba a denunciarle.

De esta manera, la Sala de Lo Penal del TS confirmó los delitos de detención ilegal, denuncia falsa, y falta de lesiones.

Por su parte, durante el juicio celebrado en el Juzgado de Instrucción núm. 4 de Puerto del Rosario (Fuerteventura), se consideró probado que el 24 de mayo de 2013, la víctima, L.J.O. -letrado con más de 25 años de experiencia- vio al policía local efectuando una maniobra que entendió irregular con su motocicleta oficial.

En este sentido, como el agente le había interpuesto varias denuncias por supuestas infracciones de tráfico y al entender que era objeto de persecución y exceso de celo por parte de policía, le recriminó la maniobra que había hecho.

Tras una breve conversación en la que el agente le llamó "imbécil", el abogado le preguntó a un testigo del insulto si actuaría como tal en una denuncia, por lo que se dirigió a las dependencias de la Policía Local para formular la misma.

Pocos minutos después, el agente entró en las dependencias y se enteró de que estaba presentando una denuncia contra su actitud.

En un momento dado, y mientras la víctima esperaba, el policía le levantó las manos, le dijo que estaba detenido y trató que meterlo por la fuerza en una dependencia anexa al mostrador donde se efectúan las denuncias. Ante esto, la víctima se puso a gritar para llamar la atención de un oficial mientras seguía inmovilizado por el acusado.

Por su parte, otro funcionario apareció y se llevó fuera a su compañero. Una vez fuera le preguntó al acusado qué había pasado y este le respondió que lo había detenido por amenazas de muerte y porque previamente lo había grabado en la vía pública mientras desempeñaba su trabajo, y que ya le había leído sus derechos como es norma en estos casos.