La Sección Primera del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado una sentencia por la que ordena la repetición de la baremación del polémico concurso público para la adjudicación de licencias de radio. El concurso, convocado por la Viceconsejería de Comunicación y Relaciones con los Medios de 28 de julio de 2010, debía repartir 156 licencias entre las 642 propuestas que se presentaron. Con las plicas de los licitadores ya depositadas, en base a criterios prefijados, el Gobierno decidió modificar esos criterios y concentró el otorgamiento de las licencias fundamentalmente en tres grupos próximos al Gobierno y sus intereses mediáticos, obligando así al cierre de una treintena de pequeñas emisoras y perjudicando a alguna de las grandes cadenas. Concretamente, esta sentencia se produce como resultado de un recurso por parte de Radio Club Canarias S.A. En la práctica, la sentencia reabre el proceso de adjudicación, y podría llegar a modificar todas o gran parte de las adjudicaciones.

En la sentencia se considera probado que existieron criterios y subcriterios introducidos con posterioridad a la convocatoria del concurso y que eso provocó una clara situación de indefensión a parte de los licitantes. La sala es especialmente contundente en relación al criterio establecido por la administración en relación a los puntos concedidos en virtud de los planes de ejecuciones y puesta en marcha de las emisoras ya que, en algunos casos, se concedió la máxima puntuación a solicitantes que ofertaban cumplir con los requerimientos técnicos en plazos inferiores a una semana; un aspecto que ha sido calificado por los peritos técnicos como "imposible", lo que perjudicó a emisoras que ya estaban en funcionamiento. Al respecto, el tribunal califica las mencionadas ofertas como "temerarias" y asegura que la consideración de las ofertas de plazos que de manera evidente no se corresponden con un planteamiento objetivo aceptable (cuestión sobre la que se pronunciaron los peritos), en ningún caso "pueden ser valoradas, asignándoles, además, las puntuaciones más altas". Así las cosas, la sala resuelve la anulación de las tablas de valoración y la "retroacción de las actuaciones". Lo que implica volver a baremar todas las ofertas realizadas en su momento, de acuerdo con los criterios originales, y además condenar al Gobierno de Canarias al pago de las costas.

El letrado responsable de la presentación del recurso, Carlos Cabrera, reiteró que la sentencia es "contundente y clara" y ordena "volver a valorar eliminando los criterios que han sido anulados y siguiendo las pautas interpretativas que establece el propio tribunal e incluso la exclusión de las altas puntuaciones que se dieron".

Un proceso que se suspendió

El procedimiento judicial Contencioso-Administrativo se suspendió por "prejudicialidad penal", al tener conocimiento la Sala de que el Juzgado de Instrucción número 5 de Santa Cruz de Tenerife tramitaba diligencias previas "por hechos que guardaban una relación directa" con los que eran objeto del recurso. Sin embargo, esta causa penal se sobreseyó en noviembre de 2014 y desestimó los recursos que se prestaron. Por providencia de 14 de enero se levantó la suspensión del trámite y el acto de deliberación por el tribunal tuvo lugar el pasado 17 de junio. Un periplo de años en el que la sentencia dada a conocer ayer puede iniciar un nuevo comienzo.