El Consejo Consultivo de Canarias ha vuelto a tirar de las orejas a la Consejería de Políticas Sociales por sus intentos de evitar resarcir a personas con el grado de dependencia reconocido pero que no reciben prestación. En un dictamen reciente, el órgano subraya que los afectados tienen derecho a exigir que se les compense aunque la administración no haya procedido a valorar las prestaciones a las que tiene derecho o, en otras palabras, no haya llevado a cabo el Programa Individualizado de Atención (PIA) del paciente.

Los usuarios son sometidos en primer lugar a la valoración del grado de dependencia. Una vez que se ha determinado, la Administración debe cuantificar las necesidades que se derivan de esa situación (PIA). El derecho a ser indemnizado, según el Consultivo, está vigente desde que el dependiente es reconocido como tal y no desde que se le asignan las prestaciones derivadas de esa situación.

Estas consideraciones, que no son nuevas, las lleva repitiendo el Consultivo desde al menos el año 2012, según consta en este dictamen publicado el 25 de octubre de este año. En esta ocasión, el órgano hace las consideraciones a partir del caso de una mujer que presentó una reclamación en 2014 por el daño ocasionado por la falta de ayudas. El grado de dependencia había sido dictaminado en junio de 2010. Sin embargo, cuando se presentó la queja administrativa la mujer seguía a la espera del PIA.

El órgano recuerda las actualizaciones normativas que se han producido en ese período y cómo afectan esos cambios al cálculo de la responsabilidad patrimonial que debe hacerse.

La conclusión de los miembros del Consejo es, una vez más, contundente: "No podemos cerrar este dictamen sin reiterar una vez más lo tantas veces denunciado en los numerosos dictámenes que preceden a este sobre la misma materia, en orden a las propuestas desestimatorias de las pretensiones resarcitorias o de inadmisión de las reclamaciones, haciendo recaer sobre los reclamantes el perjuicio derivado del mal hacer de la propia Administración", advierte el Consejo en este texto. A juicio de este órgano consultivo, "resulta patente la existencia de relación causal entre el funcionamiento del servicio y el daño real y efectivo ocasionado a la interesada, el cual es evaluable económicamente".

La aprobación del Programa Individualizado de Atención "determinará las prestaciones concretas a las que tiene derecho la dependiente desde el reconocimiento de la situación de dependencia". Eso sí, "una vez que se aprueba el PIA, las prestaciones establecidas no constituyen indemnización sino abono de pago debido (...) No obstante, puesto que aún no se ha aprobado el PIA, "debe resarcirse en las cantidades que solicita la interesada en concepto de responsabilidad patrimonial, precisamente por retraso en la aprobación".

El Consultivo recuerda que la valoración de las prestaciones tendría que haberse aprobado en el plazo de tres meses desde la notificación de la resolución de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema. Esa debe ser la fecha de referencia para estimar la cuantía indemnizatoria y no la fecha en la que se solicitó el reconocimiento de la situación de dependencia, finaliza el documento.

Lista de espera en España y en Canarias

Según el Imserso, en España hay en la actualidad 818.838 personas dependientes de grado III y II, de las que 695.658 son personas beneficiarias con prestación reconocida, lo que supone un 84,96% de cobertura nacional. Hay un total de 123.180 de los grados III y II pendientes de recibir prestación, es decir, un 15,04%. De

estas personas, el 73,36% (90.367) se encuentra en siete comunidades autónomas que presentan un porcentaje

de personas pendientes de recibir prestación superior a la media. Canarias vuelve a ser, según las estadísticas hasta 30 de septiembre de este año, la comunidad autónoma con más dependientes que esperan a recibir la prestación. En concreto, 7.661 usuarios, frente a los 14.401 que sí la perciben. Es decir, la tasa de beneficiarios llega solo al 65%.