La Federación Provincial de Empresarios de la Construcción de Santa Cruz de Tenerife (Fepeco) y los sindicatos mayoritarios en el sector, UGT-FICA y CCOO, han firmado la distribución de la jornada laboral anual para el año 2017.

Dicha distribución se ha llevado a cabo en aplicación del artículo 68 del Convenio General del Sector de la Construcción Estatal y el artículo 18 del Convenio Colectivo Provincial, según ha informado la patronal en una nota de prensa.

En concreto, se han fijado como días no laborables y compensados a razón de salario base, plus de asistencia y plus de transporte para el año 2017 los siguientes: 27 de febrero, 29 de mayo, 14 de agosto, 13 de octubre y 7 de diciembre.

Asimismo han sido fijados como días no laborables estos otros: en Tenerife, el día 3 de febrero; en El Hierro, el 6 de julio; en La Palma, el 4 de agosto, y en La Gomera, el día 6 de octubre.

Por otro lado, se acumulan al período de vacaciones anuales o días de asuntos propios dos días laborables. De común acuerdo, empresa y trabajadores podrán fijar una distribución distinta de los días establecidos.

Las empresas del Comercio de la Construcción y ante las dificultades que las mismas puedan tener, por las circunstancias de su actividad, podrán acordar con sus trabajadores una distribución distinta de las fechas pactadas.

El posible acuerdo se debe fijar en el calendario laboral de la empresa y respetar en todo momento la jornada semanal de 40 horas distribuidas de lunes a sábado y el computo máximo anual de 1.738 horas, según explica la patronal.