Ya hay sentencia para el primero de los juicios promovidos por Comisiones Obreras contra hoteles que pagan a las camareras de piso pluses de productividad inferiores a los que perciben departamentos del mismo grupo profesional integrados mayoritariamente por hombres, y es negativa para los intereses del sindicato. El Juzgado de lo Social número 5 de Santa Cruz de Tenerife ha desestimado la demanda de la central sindical y avala el pacto salarial firmado entre un establecimiento de la Isla y su comité de empresa al basar estas diferencias en "criterios objetivos", tales como la nocturnidad, la formación, el conocimiento de idiomas y la atención al público.

Este proceso se enmarca en el conflicto entre la Federación de Servicios de CCOO y Sindicalistas de Base, organización nacida de una escisión de Comisiones. Los comités de empresa de los hoteles denunciados están conformados por miembros del nuevo sindicato. Los tribunales ya han celebrado dos juicios por este motivo, el segundo de los cuales se desarrolló el pasado jueves.

Con estas demandas, Comisiones Obreras pretende que "se reconozca que los trabajadores de las categorías profesionales ocupadas mayoritariamente por mujeres tienen derecho a cobrar de la empresa el importe de plus de productividad en la misma cuantía que lo perciben los trabajadores de su mismo grupo profesional en otros departamentos de la empresa conformados mayoritariamente por hombres".

Sin embargo, la jueza recurre a la jurisprudencia para matizar que para concluir que se da una conducta discriminatoria es preciso demostrar que las diferencias son "artificiosas o injustificadas", y no fundadas en "criterios objetivos y razonables".

Todos los testigos que declararon en juicio oral coincidieron en que en este caso las desigualdades salariales responden a estos factores objetivos. Así, las categorías que cobran pluses más cuantiosos están sujetas a ciertas exigencias -trabajo en turnos y horario nocturno, cursos de idiomas o manipulación de alimentos- que no se aplican a las camareras de piso.

Además, la jueza destaca que los complementos salariales por productividad que perciben las camareras de piso son superiores a los que el establecimiento alojativo abona a pinches o botones, categorías profesionales ocupadas sobre todo por varones. Según la sentencia, no puede "afirmarse la existencia de discriminación por razón de sexo alguna, al no haberse acreditado la existencia de dos situaciones idénticas en las que, comparadas, se aprecie una desventaja para el sexo femenino en favor del masculino".

Manuel Fitas, dirigente de Sindicalistas de Base, celebró ayer el fallo y aseguró que "empieza a desinflarse" lo que considera una "campaña de lavado de imagen" de Comisiones Obreras tras su pérdida de representatividad en el sector de la hostelería.