El convenio colectivo de hostelería de la provincia de Santa Cruz seguirá en vigor después de que un juzgado de lo Social haya desestimado la demanda de impugnación interpuesta por Sindicalistas de Base. La juez concluye que, contra lo que argumenta la organización, Comisiones Obreras estaba legitimada para firmar el acuerdo.

Esta causa tiene su origen en el conflicto surgido en 2015 el seno de la Federación de Servicios de CCOO, cuya dirección destituyó a los miembros de la mesa negociadora del convenio de hostelería -ahora integrados en Sindicalistas de Base-, una medida que la sentencia avala al considerar que el Estatuto de los Trabajadores no establece nada sobre la existencia de "procedimientos específicos" para determinar los componentes de este órgano ni para su sustitución. Tampoco ve "infracción alguna" en este relevo, que define como "una cuestión interna del sindicato".

Además de rechazar el núcleo de la demanda de Sindicalistas de Base, la juez no atiende la solicitud de la organización de dejar sin efecto siete de los preceptos del convenio. Sí lo hace en el caso de un octavo, referido a las excedencias voluntarias. La sentencia admite que a ciertos grupos de trabajadores se les impida trabajar en otras empresas del sector durante este periodo, pero sostiene que a estos empleados debería permitírseles recurrir a la excedencia voluntaria del Estatuto de los Trabajadores -"de aplicación supletoria y sin reserva del puesto de trabajo"-, por lo que declara nulo este artículo.

En cambio, la juez encuentra procedente introducir diferencias retributivas, vía premio de vinculación, en función de los ámbitos geográficos donde estén ubicados los establecimientos. También acepta la conversión de contratos indefinidos en fijos-discontinuos por un periodo de tres años, la exención de la obligación de contar con una determinada proporción de plantillas fijas durante los doce primeros meses de funcionamiento de una empresa o la fijación de actividades vinculadas a contratos temporales.

Asimismo, la sentencia reconoce la autonomía del empresario para decidir la forma en que se distribuye la bolsa de vacaciones derivada de los días festivos trabajados, asume la eliminación de pluses y complementos en el pago durante incapacidades temporales y refrenda la legalidad de las cantidades que se abonen como costes de manutención.

El sindicato anuncia que recurrirá la sentencia

Sindicalistas de Base recurrirá en el Tribunal Superior de Justicia de Canarias lo que considera una "sentencia política de obediencia política al Supremo en cuanto a la legitimación de los sindicatos". Manuel Fitas, representante de la organización, asume que hay "escasas" opciones de que el TSJC declara la impugnación del convenio, pero no cree lo mismo sobre los aspectos concretos. Fitas, antiguo secretario general de la Federación de Servicios de CCOO, sostiene que los trabajadores han "refrendado" la actuación de su organización al reducir a Comisiones a un papel "residual" en las distintas elecciones sindicales en las empresas hosteleras celebradas desde la firma del convenio.