El Gobierno de España deberá pagar 12 millones de euros a DISA Gas para compensar los daños y perjuicios como consecuencia de la aplicación de la fórmula de fijación de los precios máximos de venta de la bombona de gas licuado del petróleo (GLP), sin tener en cuenta el coste añadido que soporta la entidad en Canarias por su condición de región ultraperiférica.

La compañía sostiene que esta sentencia firme, emitida por la Audiencia Nacional, impulsa su reivindicación de que se reconozca la singularidad canaria en una nueva regulación del GLP, teniendo en cuenta que el sistema actual supone unas pérdidas anuales para la entidad de en torno a los 3 millones de euros y genera una situación que, a su juicio, no se puede mantener en el tiempo.

La sentencia fue emitida en diciembre por la sala de lo Contencioso Administrativo y cobra ahora firmeza al no haber sido recurrida por la Abogacía del Estado. En este pronunciamiento judicial se reconoce la reclamación de DISA Gas por daños y perjuicios sufridos por la aplicación de la fórmula de cálculo para los precios máximos de venta de la bombona de gas licuado del petróleo, aprobada por la Orden de Industria Turismo y Comercio 2608/2009, para el periodo comprendido entre el cuatro trimestre de 2009 y el segundo trimestre de 2012.

Esta reclamación se ampara además en la anulación, por parte del Tribunal Supremo, de dicha orden en junio de 2012. El alto tribunal justificó su decisión en las pérdidas ocasionadas a las empresas operadoras del sector, al producir un desfase entre los costes incurridos y los ingresos procedentes de la venta del producto al consumidor.