La Consejería de Educación ha establecido unas instrucciones de actuación para los centros públicos de educación no universitaria en caso de que haya menores con padres divorciados o separados.

Este nuevo manual se publicó ayer en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) y establece una serie de normas a seguir por los centros escolares junto a padres, madres y representantes legales, en caso de que haya un desacuerdo entre los progenitores.

El protocolo surge porque Educación ha tomado nota de que, cada vez es más común, ver a padres que deciden acabar con su relación, discutiendo sobre asuntos que revierten en los centros docentes.

Esto, recuerda la consejería, "perjudica a la organización, el funcionamiento, el clima escolar y la normalidad de la vida del centro, afectando, de manera especial, al alumnado".

Esta realidad ha conseguido que el personal docente y no docente deba lidiar con situaciones que no pueden esperar hasta la resolución judicial del conflicto e, incluso, cuando tiene esa resolución, no saben cómo llevarla a la práctica sin lesionar el derecho de cada uno de los progenitores.

Entre las recomendaciones de la consejería se hace referencia a la documentación justificativa -como resoluciones judiciales- que deben aportar los progenitores, pues será la base de la resolución de cualquier conflicto entre ambos.

También se dan preceptos para que los centros sepan actuar en caso de desavenencia entre los progenitores en distintos casos, como son la escolarización, los cambios de centro durante el curso escolar, las peticiones de información sobre el menor, los criterios de recogida y entrega del alumno, la relación de los descendientes durante y al finalizar el horario lectivo, la colaboración que deben hacer padres, madres o representantes legales con el centro docente, cómo debe ser el procedimiento de mediación y la cooperación con otras Administraciones Públicas.

Todo esto, según Educación, con el objetivo de "establecer pautas comunes de actuación a los centros sobre cuestiones que afectan al alumno menor de edad, en especial, ante las discrepancias surjan entre sus progenitores si están divorciados o separados". Finalmente, estas detalladas instrucciones desarrolladas por la consejería, "constituyen un protocolo para los centros docentes y es un facilitador de la gestión en situaciones en las que no hay acuerdo entre quienes tengan responsabilidad legal del menor de edad, con el propósito de favorecer el pacto y la mediación antes que la judicialización".

Uno de los principios fundamentales del protocolo es "garantizar el interés superior del menor". La consejería insiste en que el alumno tiene derecho a ser "valorado y considerado como primordial en todas las acciones y decisiones que le conciernen" siempre y cuando tenga "madurez suficiente" y a partir de los 12 años.

Esta resolución, que empezará a tener efecto a partir del próximo curso escolar 2017-2018, tiene máximas como la de prevenir y resolver pacíficamente los conflictos y proteger la convivencia y el buen clima escolar.