Muy rigurosa a la hora de definir conceptos técnicos, pero también de repartir responsabilidades. Ana Batista, directora de la Agencia Canaria de Protección del Medio Natural y Urbano (Apmun) -que, con la entrada en vigor de la Ley del Suelo, se ha desprendido de la coletilla "urbano" porque no tiene competencia en el área-, cree que la conciencia y la responsabilidad medioambiental de los canarios han mejorado con los años, pero aún así hay que poner énfasis en la labor preventiva y potenciar el trabajo conjunto entre administraciones.

¿Cuántos expedientes sancionadores por infracciones del medio ambiente ha instruido la Agencia el último año?

El concepto de medio ambiente es amplio y, por lo tanto, abarca todas las competencias de la Agencia, tanto la disciplina urbanística como la medioambiental propiamente dicha. Trabajamos con años naturales, así que me referiré a los últimos datos globales correspondientes al año 2016 sobre expedientes incoados (hayan culminado o no con una resolución sancionadora) en virtud de nuestras competencias y que fueron presentados en los órganos de decisión de la agencia. Del total de expedientes abiertos ese año, 1.138 fueron por irregularidades relacionadas con el tratamiento de residuos (un 37,4% más que en 2015), 544 por actividades constructivas, 309 por actividades no constructivas (aquellas infracciones que vulneran las leyes del territorio y de espacios naturales), 27 por contravenir la Ley de Costas, 24 por vertidos al mar, 7 por cuestiones de impacto ambiental, 6 por extracción de áridos, 3 por infracción de la normativa sobre prevención de la contaminación, 2 por incumplimiento de la legislación sobre envases y 2 expedientes abiertos a parques zoológicos.

¿Cuál es el tipo de infracción que más se repite a lo largo de los años?

En los últimos años se ha podido apreciar una tendencia a la disminución de los expedientes abiertos a las infracciones urbanístico-constructivas frente a un mayor número de expedientes abiertos por infracciones medioambientales, en concreto sobre la legislación de residuos (RP).

¿De qué tipo son las infracciones en materia de residuos?

Las infracciones a la normativa de residuos son de carácter muy diverso. Entre estos expedientes se encuentran los que se refieren a determinados vertederos presentes en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias afectados por el Procedimiento de Infracción Comunitario número 2006/2311, en los que la Agencia está actuando en coordinación con la Viceconsejería de Medio Ambiente y la Dirección General de Protección de la Naturaleza. Pero también dentro de las infracciones a la legislación de residuos se computan las actuaciones relacionadas con un tipo de residuo específico, muy abundante, que son los vehículos abandonados (expedientes AU). Un coche abandonado es un residuo peligroso cuando tiene aceite en su interior. En tales expedientes AU, la Agencia ha llevado a cabo actuaciones en suelo rústico en colaboración con la Policía Canaria -se constata su retirada y se entrega a un gestor autorizado-, partiendo de su posible consideración como residuo peligroso. También es muy significativo el número de expedientes abiertos a talleres, por infracciones tales como el vertido de aceites, incorrecciones en el etiquetado, etc., en particular en las islas no capitalinas, donde, en ocasiones, el cumplimiento de los deberes legales se ve dificultado por la ausencia en ellas de gestores autorizados, o por la escasa periodicidad en la recogida de residuos para su traslado a las islas capitalinas para su correcto tratamiento.

¿Cómo es el procedimiento para abrir un expediente?

Todos los expedientes se han abierto como consecuencia tanto de denuncias de oficio (por parte de los propios agentes de la Agencia o de los cabildos en virtud de los convenios de adhesión suscritos) como a partir de denuncias del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (Seprona), la Policía Canaria, los ayuntamientos, otras administraciones o, incluso, de ciudadanos particulares.

¿Cuáles son las infracciones más graves que cometemos?

Yo pongo todas las infracciones al mismo nivel. Todas son graves, cualquier daño al medio ambiente es importante y todo afecta.

Los vertidos al mar están de actualidad por el tema de las microalgas.

Se ha suscitado un especial interés por estos vertidos y, sin embargo, ha circulado información no verídica. Hay que tener en cuenta que bajo la denominación de vertido, en este caso al mar (VM), no solo hablamos de expedientes por vertidos de aguas fecales o residuales (con tratamiento), sino de todo vertido al mar no autorizado, como el agua de una piscina o la salmuera resultante de la desalación de agua del mar para obtener agua potable. Las competencias de la agencia en esta materia son meramente sancionadoras cuando existe algún tipo de incumplimiento, bien porque se carezca de autorización o porque teniéndola no se cumple algún condicionante. En materia de vertidos al mar intervienen todas las administraciones, cada una con sus competencias: ayuntamientos, cabildos (consejos insulares de aguas), Gobierno central y Gobierno canario. Dicho esto, la información manejada es viva, cambia a lo largo de la vida de los expedientes incoados, que pueden culminar con una resolución sancionadora o no, y que incluso aún teniendo resolución con cuantía, son recurridos vía judicial y decaen.

¿Cuáles son los vertidos al mar más frecuentes?

Hay vertidos incluso hasta de salmuera. En las islas orientales, las desaladoras que usamos -porque no tenemos bosque y, por tanto, prácticamente tampoco pozos ni galerías de agua- generan vertidos de este tipo, pero está tipificado. Creo que todo es mejorable, pero hay cuestiones que no se pueden simplificar. No se puede decir siempre "es consecuencia de los vertidos", porque hay vertidos y vertidos. Los que no están autorizados son ilegales, pero hay otros autorizados. Algo parecido ocurre con los conceptos de agua fecal y residual: son distintos y hay que explicarlos.

¿La elaboración del nuevo censo de vertidos ayudará a la agencia?

El censo de vertidos lo está realizando la Viceconsejería de Medio Ambiente y se espera que esté listo antes de finalizar el año. El último es de 2007. Eso, obviamente, nos facilitará el trabajo, porque sabremos qué puntos están autorizados y cuáles no.

¿Cómo es el procedimiento previo a la sanción?

La Viceconsejería hace inspecciones. Luego, cuando se nos traslada esa información, abrimos expediente e iniciamos nuestra parte administrativa, que también incluye visitas técnicas. También nos llegan por otras vías, como los ciudadanos.

Por islas y municipios, ¿quiénes son los grandes infractores?

De los 2.063 expedientes iniciados en el 2016 por la Agencia (que abarcan todas las tipologías de infracción), por islas, destaca Tenerife, con 683 expedientes abiertos; seguida de Gran Canaria, con 636; Fuerteventura, con 257; Lanzarote, con 186; La Palma, con 186; La Gomera, con 100; y El Hierro, con 15. Con respecto a los municipios, no creo que se trate de quién es más o menos infractor, puesto que el hecho de que en el territorio municipal se haya abierto un expediente por infracción no significa necesariamente que sus vecinos sean más infractores. Ahora bien, los municipios con mayor territorio o población tienen más expedientes.

¿Tienen medios suficientes para garantizar que se cumplan las normativas en materia medioambiental?

Trabajamos con los recursos humanos que tenemos. Ahora mismo estamos trabajando para que puedan cubrirse las plazas vacantes en breve. Un paso importante ha sido la declaración como sector estratégico por parte del Consejo del Gobierno de Canarias para cubrir con prioridad las plazas de técnicos necesarias. No obstante, el carácter disciplinario y sancionador de la Apmun no da garantía del cumplimiento de la normativa. Me explico: la Agencia ejerce sus competencias por incumplimiento de normativa de terceros, que son quienes deben ser garantes. La prevención y concienciación es la mayor garantía del cumplimiento y por ello las he fijado dentro de nuestros principales objetivos en esta legislatura, cerrando para ello acuerdos con las universidades públicas canarias y con Cámaras de Comercio para formalizar actividades de información y formación sobre buenas prácticas.

¿La sociedad canaria tiene cultura medioambiental?

Mi percepción es que así es, la sociedad es cada vez más madura y está más concienciada, es más responsable con el uso del territorio. Sin embargo, quedan muchas cosas por hacer, y desde la Agencia queremos evolucionar hacia un nuevo modelo de organismo que responda a las nuevas necesidades. Como dije, queremos impulsar la prevención y potenciar los buenos hábitos ambientales. Proteger, en definitiva, nuestro patrimonio natural junto a la ciudadanía, cabildos y ayuntamientos.

¿Qué efecto tendrá la Ley del Suelo, que acaba de entrar en vigor, en la gestión de la Agencia?

En lo que respecta al funcionamiento de la Apmun, que con la entrada en vigor de la nueva ley pasará a llamarse Agencia Canaria de Protección del Medio Natural, el ejercicio de las labores que tiene encomendadas deja en evidencia las carencias que urgen solucionar y que encuentran respuesta en esta ley. De entre las novedades fundamentales que incorpora el nuevo texto, destacaría dos. La primera incide en la responsabilidad de quien vulnera la normativa urbanística, ya que establece que la legalización de una construcción que era ilegal en origen no supone la desaparición de la sanción. Con la Ley del Suelo la sanción se mantiene, sin perjuicio de que se pueda tomar en consideración su reducción. La otra novedad refuerza la labor de la Agencia como restauradora del territorio, y es que dos tercios de las cantidades que se ingresen por las sanciones irán destinados a programas de restablecimiento. En aras de la simplificación y agilización de procedimientos, la nueva norma aclara de manera precisa el reparto de competencias entre la propia Agencia, cabildos y ayuntamientos, tanto desde el punto de vista de las áreas de influencia como de las fases de tramitación de los expedientes (incoación, instrucción y resolución). Se refuerza, además, la disciplina urbanística, simplificando el proceso sancionador y racionalizando el régimen de infracciones y sanciones. Hay en esta ley una mejor graduación en las sanciones, teniendo en cuenta atenuantes y agravantes. Por otra parte, en aras de la certidumbre jurídica, se fija en diez años el plazo máximo de que dispone la Administración para hacer efectiva una orden de restablecimiento, con excepción de las construcciones ilegales en los Espacios Naturales Protegidos o los dominios públicos, donde la potestad de actuación de la Administración no prescribirá nunca.

La función de la Agencia a lo largo de los años

Desde su creación, hace 18 años, la Agencia ha ejercido sus competencias en materia disciplinaria "por la actuación incorrecta sobre el territorio tanto urbanística como ambientalmente", con el objeto de proteger el medio ambiente. "El marco competencial de este organismo se ha visto sustancialmente ampliado más allá de sus tradicionales funciones de vigilancia y sanción, incluyendo ahora el ejercicio de la función preventiva mediante el asesoramiento técnico y jurídico a los ciudadanos y colectivos sociales, generando la información y los instrumentos que sean necesarios para evitar la vulneración de la normativa, con la anticipación en la detección y comprobación de las presuntas infracciones", explica la directora. Asegura que su propósito es potenciar un eje transversal: la comunicación para la prevención. "Se trata de comunicar nuestro trabajo, su faceta sancionadora y penalizadora, pero también la dimensión restauradora del territorio que desarrolla este organismo consorcial, y que va mucho más allá de la ingrata tarea de demoler aquellas edificaciones ilegales que contravienen la normativa, extendiéndose a la recuperación de los espacios dañados. Nunca debemos olvidar que proteger y preservar nuestro medio natural es asunto de todos y todas los que conformamos la sociedad, tanto individual como colectivamente", insiste.

Ayuntamientos y cabildos consorciados

En la actualidad 48 de 88 ayuntamientos de Canarias y 5 de los 7 Cabildos están consorciados (no es obligatorio). La directora explica en qué consiste formar parte de la Agencia. "El consorcio implica la subrogación de las competencias municipales en asentamiento rural (propias de los ayuntamientos), las urbanas son y siguen siendo competencia municipal, y la gestión de los expedientes de disciplina medioambiental. Respecto a los cabildos, por infracciones en materia de protección del medio ambiente", resume. En este sentido, "está claro que las competencias del territorio son compartidas, y por lo tanto, trabajando juntos y coordinados optimizamos los recursos y haremos más transparente nuestra actividad", resalta Batista.

Los expedientes acaban en la justicia

Los expedientes sobre residuos se denominan sancionadores, "pero puede culminar con o sin sanción económica". Tardan una media de un año y "casi todos llegan al juzgado Contencioso Administrativo, y a veces el juez dice que no corresponde esa cuantía o que es menor", explica.