El presidente del Consejo Rector del Ente público Radio Televisión Canaria es el órgano de contratación legitimado para licitar y adjudicar los contratos de las entidades mercantiles dependientes del propio Ente. Esta es la conclusión diáfana del informe elaborado por el Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias a requerimiento de Santiago Negrín, presidente del Consejo Rector de RTVC y, por su condición de tal, administrador único de las entidades mercantiles Televisión Pública de Canarias SA (TVPC) y Radio Pública de Canarias SA (RPC).

El concluyente informe del Servicio Jurídico autonómico, con firma de la letrada Antonia Barrios Marichal, valida sin ambages la actuación de Negrín al frente del Ente público, en especial en lo tocante al trámite, iniciado en agosto pasado, del proceso de contratación de los servicios informativos de la televisión pública, y dotado con 144 millones de euros en ocho años de duración.

Este contrato plurianual de suministro se encuentra ahora mismo prorrogado y lo gestiona el actual adjudicatario, la empresa Videoreport Canarias. Una prórroga que de acuerdo a la legislación sobre contratos del sector público no puede ser repetida y que vence el 30 de junio de 2018, lo que convierte en inaplazable la convocatoria de un nuevo procedimiento de contratación bajo los principios de libre concurrencia.

Controversia política. En el plano político, el contenido de este informe y la claridad meridiana de sus conclusiones supone un aldabonazo importante a la controversia que envuelve a los grupos parlamentarios en relación a la gestión de la RTVC. Para empezar, el informe da satisfacción a la demanda de aquellos grupos parlamentarios que, como el PSOE y el PP, han reclamado en los últimos meses un aval jurídico a la actuación de Negrín como órgano de contratación en su condición de administrador único de las sociedades mercantiles de la RTVC.

En particular, ha sido el grupo Socialista el que más se ha interesado en fechas precedentes por garantizar el acomodo al ordenamiento jurídico del procedimiento administrativo abierto para la contratación de los servicios informativos. Este expediente tiene su sustento tanto en la ley de la RTVC, de 2014, como en la normativa sectorial sobre contratos del sector público.

Las conclusiones del informe. Pues bien, el informe del Servicio Jurídico del Gobierno aclara este extremo con total rotundidad, un hecho que también supone dar satisfacción al Partido Popular, que primero reclamó en el Parlamento la elaboración de un informe como el conocido ayer para virar en las últimas semanas hacia una posición más expeditiva, la reprobación de Negrín como presidente del Consejo Rector de RTVC, que será debatida en un pleno extraordinario y fuera de calendario del Parlamento, programado para el próximo miércoles 15 de noviembre. Este criterio reciente del PP canario se alinea con la estrategia del actual adjudicatario, pues ha sido Videoreport Canarias la más interesada en socavar la legitimidad de Negrín como órgano de contratación de las entidades mercantiles. No hay que perder de vista que es la sociedad Televisión Pública de Canarias SA la competente para licitar y adjudicar el citado concurso para la prestación técnica y humana de los servicios informativos, sin duda el esqueleto sobre el que se asienta la programación del canal público autonómico, y que correría riesgo de mantenerse la actual situación de interinidad.

Las preguntas de Negrín. Al objeto de aclarar dichos extremos, la pregunta remitida por Santiago Negrín al Servicio Jurídico del Gobierno se resume en dos cuestiones: ¿es el presidente del Consejo Rector de RTVC el órgano de contratación de las sociedades mercantiles que de él dependen?, y, como consecuencia de lo anterior, ¿en caso afirmativo es además el competente para impulsar los procedimientos de contratación necesarios? Se refiere en este caso a la convocatoria del concurso, la aprobación de los pliegos, la licitación, adjudicación y firma de los contratos derivados de esta última.

Pues bien, la respuesta del Gobierno avala la actuación de Negrín en el concurso de los servicios informativos al responder afirmativamente en ambos casos. Y lo hace amparándose principalmente en el articulado de la Ley 13/2014 de Radio y Televisión Pública de Canarias, que distribuye competencias entre el Consejo Rector y el presidente del Ente bajo el criterio siguiente: la contratación de servicios comunes a la televisión y la radio canarias (el ejemplo más claro sería el suministro de la señal) corresponde al Consejo Rector, mientras que la contratación de servicios específicos para cada soporte es competencia de las sociedades mercantiles y, por tanto, de su administrador único, que es el propio Santiago Negrín como presidente del ente público audiovisual.

El papel del administrador único. La letrada autonómica incide en este sentido en los artículos 15 y 19.2 de la Ley de la RTVC, según los cuales el administrador único de las mercantiles actúa como responsable no solo de la gestión ordinaria de las mismas, sino también como órgano de contratación. Cabe recordar que el contrato de los servicios informativos, al tratarse de un servicio específico para la televisión autonómica (nunca para la radio), debe ser licitado por la mercantil TVPC, y no por el Consejo Rector.

El informe del Servicio Jurídico deja clara la diferencia competencial que señala la ley en su artículo 15.4, según el cual el Consejo Rector es el competente para el trámite de contratos plurianuales por valor superior a un millón de euros. A este precepto se han agarrado aquellos grupos políticos que, como Nueva Canarias, más han cuestionado la legitimidad de Negrín como órgano de contratación. Pero la respuesta del Servicio Jurídico del Gobierno es concluyente: el Consejo Rector es competente para los contratos, convenios y otros negocios jurídicos suscritos por el ente público RTVC, pero no para los de las sociedades mercantiles públicas con independencia de su cuantía y duración. Es el administrador único de las mercantiles el órgano de contratación, y no el Consejo Rector.

Resuelta en Derecho esta primera cuestión, si Santiago Negrín es o no el órgano de contratación para los contratos de las mercantiles, el presidente de la RTVC pregunta al Servicio Jurídico si es además el competente para tramitar los procedimientos de dicha contratación. Y la respuesta de la funcionaria pública que firma el dictamen jurídico es igualmente afirmativa, apelando en este caso a la regulación armonizada que plantea la legislación estatal y europea sobre los contratos del sector público. De acuerdo a tales preceptos, el administrador único es competente para impulsar la licitación y adjudicación en el marco general de los procedimientos administrativos, al tratarse de entidades mercantiles de titularidad pública, sometidas tanto a la Ley de Sociedades como al marco de actuación del Derecho Administrativo. Es justo el camino que emprendió Negrín en el concurso de informativos, amparado en informes jurídicos recabados por la RTVC antes de iniciar el procedimiento, y que forman parte del expediente de licitación. Este proceder se ve ahora plenamente avalado por el Servicio Jurídico del Ejecutivo autonómico.

Un informe rotundo y un pleno polémico

El informe elaborado por el Servicio Jurídico del Gobierno sobre la capacidad del presidente de RTVC para ejercer como órgano de contratación servirá de antesala a la celebración del pleno del Parlamento de Canarias que, fuera de calendario y convocado para el próximo miércoles, pretende la destitución de Negrín como máximo responsable del ente público audiovisual. Esta es al menos la pretensión de los grupos proponentes, PP, Podemos y Nueva Canarias, a pesar de que este dictamen avala precisamente la actuación correcta de Santiago Negrín en el trámite abierto para la renovación de los servicios informativos. De este modo, los letrados del Gobierno han respondido, en este caso a solicitud del propio Negrín, a las dudas expresadas por los portavoces de dichos grupos parlamentarios en relación a este asunto. Guiados por el contenido literal del informe, tales dudas carecen de fundamento, un dato que suscita a su vez la pregunta sobre la pertinencia de dicho pleno de reprobación del presidente de RTVC.

Además, el informe del Servicio Jurídico deja claro que el ente público RTVC goza, de acuerdo con la Ley 13/2014, de plena autonomía funcional respecto al Gobierno de Canarias, una cuestión que ha sido reiterada por el Ejecutivo autonómico cada vez que los grupos de la oposición reclamaron su intervención como garante de la legalidad de las actuaciones del ente público audiovisual. Así consta en la respuesta que el Gobierno dio a la proposición no de ley aprobada en el Parlamento en septiembre pasado. Por tanto, el Ejecutivo nada tiene que ver en las decisiones adoptadas por el ente público en general y el Consejo Rector en particular.

La salvedad de este caso viene dada porque quien pregunta al Servicio Jurídico del Gobierno es Santiago Negrín en su condición de administrador único de las entidades mercantiles TVPC y RPC, lo que sí faculta a los letrados del Ejecutivo para pronunciarse sobre las capacidades del gestor de dichas empresas en el marco de la normativa común de las sociedades mercantiles de capital público en Canarias. Este matiz relevante explica la actuación del Servicio Jurídico en uno u otro caso, si bien en lo importante, su contenido, el dictamen viene a aclarar lo sustancial de esta controversia, y es el pleno respeto de Negrín al ordenamiento jurídico y sus potestades como órgano de contratación. Una conclusión rotunda conocida pocos días antes de un pleno polémico.