El Consejo de Gobierno del Ejecutivo canario ha aprobado este martes, a propuesta de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, el decreto por el que se aprueban las tarifas del servicio interurbano de transporte público discrecional de viajeros en vehículos autotaxis prestado en Canarias.

El nuevo decreto modificará las últimas tarifas aprobadas mediante decreto 85/2013, de 1 de agosto, y que fue consensuado con la Federación Regional de Taxis de Canarias (FEDETAX) y la Confederación Canaria de Trabajadores Autónomos de autotaxi (CCTAT) para clarificar la estructura tarifaria correspondiente a las tarifas interurbanas T2 y T3.

Así, se ha simplificado la forma de tarifar aplicando la T3 para todos los trayectos y la T2 solo para los regresos de los trayectos contratados para ida y vuelta. Además, se ha establecido para los días laborales el horario nocturno desde las 22.00 horas hasta las 06.00 horas; así como para los domingos, festivos, Nochebuena, Navidad, Fin de Año, Año Nuevo y vísperas de Reyes y día de Reyes, una tarifa específica.

Estos cambios, señaló el Gobierno canario en nota de prensa, facilitan el control sobre la correcta aplicación de las tarifas por los profesionales en los taxímetros, evita generar confusión en los usuarios a la hora de entender los costes del trayecto y genera un sistema más transparente.

Las tarifas se han actualizado "de manera coherente" con el resto del ordenamiento jurídico, ya que deben ser revisadas ante variaciones de los costes que alteren significativamente el equilibrio económico para garantizar la cobertura del coste real del servicio en condiciones normales de productividad y organización, tal y como dispone el Reglamento del Servicio del Taxi.

Además, al mismo tiempo, en el proceso de elaboración del decreto, se han tenido en cuenta los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad y seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, a los que debe ajustarse toda regulación.

Por último, indican que los aparatos taxímetros deberán incorporar las nuevas tarifas de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en el plazo de tres meses, contados desde la fecha de entrada en vigor del nuevo decreto. La relación de las tarifas aprobadas mediante decreto se deberán exhibir en el interior de los vehículos autotaxis a la vista de los usuarios y conteniendo toda la información.