El juzgado que tutela el concurso de acreedores presentado por Seguridad Integral Canaria (SIC) ha ordenado que se levanten los embargos que Hacienda y la Seguridad Social habían establecido sobre las cuentas de la empresa, para que esta pueda pagar a sus trabajadores y seguir funcionando.

En un auto al que ha tenido acceso Efe, dictado el pasado viernes, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas de Gran Canaria acepta así la propuesta planteada por el administrador concursal de la empresa, el economista madrileño Juan Carlos Santos Barja, que considera que Seguridad Integral Canaria es "viable".

El administrador designado por el juez para supervisar las operaciones de la compañía del empresario grancanario Miguel Ángel Ramírez mientras esté en concurso de acreedores recuerda que esta tiene en preparación un plan de viabilidad y una propuesta de convenio con los acreedores, pero alega que no puede ponerlos en práctica a menos sus cuentas dejen de estar embargadas.

El juez Guillermo Fernández García comparte el argumento fundamental del administrador concursal para levantar los trabas que la Agencia Tributaria y Hacienda habían puesto sobre las cuentas de Seguridad Integral Canaria: ese dinero y sus derechos de cobro frente a terceros "son un bien necesario e imprescindible para la continuidad de la actividad empresarial, ya que sin ellos no puede pagar a los trabajadores", según explica el propio auto.

Hacienda y la Seguridad Social argumentaban lo contrario, porque, bajo su criterio, no cabía entender que el dinero pueda ser un bien fundamental para la continuidad de una empresa, en los términos en los que se regula esta materia en la Ley Concursal.

"No es ese el criterio de este Juzgado", les responde el magistrado. "El dinero es el bien fungible por antonomasia, con lo cual es perfectamente subsumible en la letra del precepto".

El juez recuerda que Seguridad Integral Canaria es una empresa de servicios y que su principal coste reside en el pago de los salarios de sus trabajadores, por lo que, para seguir funcionando, le resulta "rigurosamente necesario que abone los salarios" a sus empleados, la mayoría de los cuales llevan meses sin cobrar, tanto en las instalaciones que vigila en Canarias, como en el Metro de Madrid.

El Juzgado de lo Mercantil acepta que la declaración del concurso de acreedores no implica, por sí sola, el levantamiento de los embargos existentes hasta ese momento, pero defiende que en este caso existen razones para entender que las cantidades trabadas por Hacienda y la Seguridad Social "son un bien necesario en el escenario en el que actualmente se encuentra la sociedad".

En consecuencia, ordena la Agencia Tributaria y la Seguridad Social que levanten sus embargos cobre "los derechos de crédito y saldos bancarios de Seguridad Integral Canaria".

Además, requiere a ambas administraciones para que, si han cobrado ya alguna cantidad gracias a esos embargos, la "restituyan a la masa activa del concurso" de acreedores.