El presidente del Ente público RTVC informó en el día de ayer a los miembros del Consejo Rector de las decisiones adoptadas sobre el próximo contrato "para la ejecución y emisión de programas informativos de Televisión Pública de Canarias, S.A. y servicios complementarios".

A las 15:00 horas de ayer, Santiago Negrín expuso la decisión que como órgano de contratación ha adoptado de declarar desierto el procedimiento abierto tras recibir un escrito firmado por todos los miembros de la mesa de contratación, es decir, una decisión unánime independientemente del debate que se haya producido con anterioridad, con una relación de hechos, concretamente que las tres empresas que concurrían a la licitación habían cometido errores que llevaban a la mesa a "una encrucijada" y solicitaban la intervención del órgano de contratación para que este adoptara una decisión sobre dos propuestas: declararlo desierto o el desistimiento. La decisión de este órgano de contratación se ajusta por tanto sin apartarse a dar respuesta a aquello solicitado por la mesa de contratación.

Al mismo tiempo, les informó de que, una vez concluido este procedimiento, se da inicio a otro mediante negociado sin publicidad con el objetivo de resolver la necesidad de dar salida a la situación creada por la extinción del contrato actual adjudicado en el año 2008 mediante procedimiento de negociado por un periodo de 10 años y un montante total de 184 millones de euros que ya ha agotado sus prórrogas.

En la reunión, la secretaria del Consejo Rector, Cristina Duce, hace constar en acta que no comparte la decisión de un negociado sin publicidad, al entender que es contrario a la ley, y que el presidente ha tomado esta decisión apoyándose en otros asesores jurídicos.

Al mismo tiempo, informa de que así se lo ha trasladado verbalmente al presidente. Sin embargo, la secretaria realiza esta manifestación sin explicar las razones por las que entiende que esta decisión es un fraude de ley.

Ante estas manifestaciones el presidente de RTVC quiere puntualizar los siguientes extremos. Efectivamente, la Presidencia se ha apoyado en otros asesores jurídicos, los asesores de la mercantil Televisión Pública de Canarias, dado que la secretaria del Consejo Rector no es competente en esa función tal y como ella misma estableció en reiteradas ocasiones al inicio del procedimiento de licitación, circunscribiendo sus competencias exclusivamente al Consejo Rector como órgano colegiado y a su Presidente. Cristina Duce se negó entonces a asesorar al presidente al entender que el concurso de informativos pertenece a la sociedad mercantil Televisión Pública de Canarias y no al Ente público de cuyo presidente y Consejo Rector y del presidente es asesora según la Ley 13/2014.

Que la secretaria le trasladó su opinión en un encuentro previo al Consejo Rector sobre la decisión adoptada de negociado sin publicidad de manera verbal y sin que ella hubiera emitido informe jurídico alguno y añadió que, según su criterio, la mejor opción era un negociado con publicidad.

La motivación de la decisión del procedimiento de negociado sin publicidad se basa en lo establecido en el artículo 168 b). 2º y 167 e) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público que indican que se podrán adjudicar contratos utilizando el procedimiento negociado sin publicidad siempre y cuando en el procedimiento abierto se hayan incluido ofertas irregulares o inaceptables, como es el caso por parte de las tres empresas licitadoras, y se incluya a todos los licitadores participantes en dicho procedimiento abierto. El único fin es el de atender al interés público que supone la pronta y necesaria adjudicación del contrato.

Por su parte, el consejero representante del Partido Popular, Alberto Padrón, presentó un escrito en el que analizaba las actas de la mesa de contratación enumerando los debates y posiciones mantenidas. En cualquier caso, no es relevante dado que en la sesión en la que se decide elevar al órgano de contratación el escrito para que tome una decisión, dicha decisión se adopta con la unanimidad de todos los miembros de la mesa, sin votos particulares. Dicho escrito es sobre lo que se debe y pronuncia el órgano de contratación.

El representante del PP rechaza la decisión del órgano de contratación de declarar desierto el concurso y no duda en pronunciarse en nombre de la mesa de contratación, arrogándose una condición que le es ajena y aseverando que la intención de la misma era el desistimiento, solución por la que se decanta sin tener en cuenta que la mesa se pronunció de manera unánime al respecto.

Por su parte, la representante del PSC, María Lorenzo, insistió en que el órgano de contratación no tenía potestad para tomar una decisión porque no había una propuesta de resolución clara por parte de la mesa de contratación e indicó que se debería haber pedido un informe al Consejo Rector como Junta General de Televisión Pública de Canarias, fórmula solo contemplada en caso de desistimiento, lo cual no es el caso que ocupa, ya que cabe recordar que la declaración de desierto aparece debidamente motivada en la notificación trasladada a los licitadores.

Al mismo tiempo cuestionó el hecho de que no se optara por seguir adelante con el procedimiento y se abriera el sobre 3 basándose en el dictamen solicitado sobre las dudas de la mesa. No corresponde a este órgano de Contratación valorar esta última cuestión, ya que fue la propia mesa quien sí decidió desestimar los criterios con respecto a este punto contenidos en el dictamen jurídico entregado que consideraba viable culminar el proceso.

Ante estas posturas, desde la Presidencia de RTVC solo se quiere señalar que las decisiones que se han adoptado se han hecho bajo el pleno amparo legal, con el objetivo de proteger los intereses de TVPC y de garantizar la continuidad del servicio ante la suspensión del mismo por cumplimiento de contrato sin posibilidad de prórroga el próximo 30 de junio de 2018.