Todos los exrectores de la Universidad de La Laguna (ULL) que lo soliciten podrán ser considerados "docentes honorarios". El centro, que publicó ayer la modificación del Reglamento de Distinciones y Honores en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), no exigirá que los dirigentes académicos necesiten el aval del departamento.

En términos generales, el nombramiento de profesor honorario tiene una duración de dos años, periodo que se puede prorrogar por un solo plazo de igual duración.

Tanto los nuevos nombramientos como las renovaciones deberán ser aprobadas por Consejo de Gobierno. Los nombramientos de los exrectores no estarán incluidos dentro del número de plazas fijadas en cada convocatoria. En el resto de los casos, cuando el número de solicitudes superara el número de plazas fijadas en la convocatoria anual, la situación se resolverá atendiendo a criterios por orden de importancia. En este sentido, tendrán preferencia las peticiones de profesores jubilados forzosos y aquellos que tengan mayor número de sexenios reconocidos.

En casos de empate, "se tendrá en cuenta el mayor número de proyectos de investigación como IP, los convenios o contratos de transferencia en innovación, de tramos de docencia reconocidos, de tesis dirigidas, y si fuera necesario, de antigüedad en la Universidad de La Laguna".

Los profesores que hayan sido nombrados eméritos no podrán solicitar esta condición. Asimismo, aquellos que hayan sido jubilados por incapacidad permanente para el servicio no podrán acogerse a esta figura establecida en el Reglamento de Honores y Distinciones de la Universidad lagunera.