El Tribunal Supremo confirmó ayer la sentencia que anuló el aumento de jornada impuesto por Televisión Canaria a su plantilla en abril de 2017 de forma unilateral, al elevarla de 37,5 a 40 horas a la semana.

El Supremo ratifica así un fallo anterior de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que había dado la razón a los delegados de personal de la cadena y al sindicato CSIF en el conflicto colectivo que plantearon contra esa medida.

El Alto Tribunal considera que ese aumento de la jornada semanal supone una "modificación sustancial" de las condiciones de trabajo que no puede adoptarse de manera unilateral, sino a través de los procedimientos de negociación que establece el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.

El ente recuperó las 40 horas semanales después de que el TSJC anulara el recorte salarial

El ente comunicó a sus empleados en abril de 2017 la recuperación de las 40 horas semanales después de que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) declarase nula la reducción de las retribuciones en un 5%.

El tribunal autonómico, en una segunda sentencia ahora firme tras el fallo del Supremo, concluyó que la disminución salarial acordada en 2010 entre la parte sindical y el ente público -poco después de que se pactara en convenio colectivo la jornada de 37,5 horas para los años 2011 y 2012- no constituía una "contraprestación" al compromiso de la empresa de no recortar plantilla y negociar una cláusula de revisión de las retribuciones para los años 2012 y 2013.

En ese caso, la anulación de la rebaja salarial no ha supuesto que "se rompa el equilibrio de las contraprestaciones". Además, la sentencia del TSJC recoge que, de hecho, el ente incumplió el compromiso de no reducir plantilla y de negociar la cláusula de revisión salarial.