EL ABOGADO, como profesional, conoce la técnica jurídica. Por ese conocimiento asume frente a su cliente, frente al justiciable, el muy honroso compromiso de la defensa de sus derechos. Ese mismo compromiso lo asume, en general, frente y de cara a la sociedad.

La abogacía es una profesión libre e independiente. El abogado, en el desempeño de su augusta misión, no tiene otros límites que aquellos que le impone la Ley y su conciencia.

La abogacía -única profesión- viene citada, expresamente, hasta cuatro veces en la Carta Magna de los españoles; en la Constitución española, merced a los denodados esfuerzos de ese gran maestro de abogados que fue Antonio Pedrol, cuando fue senador real. Ese hombre, de salud de hierro, a sus 82 años, con la mente tan clara como siempre, siguió rigiendo los destinos de la abogacía española, desde la presidencia del Consejo General y desde el Decanato de Madrid hasta el día de su muerte.

Por eso, entiendo que esta profesión de abogar pos los demás es una de las más cualificadas de las existentes, hasta el punto de afirmar que merece toda la protección de los tribunales de Justicia, porque con ellos colabora diariamente.

Con lo dicho es evidente que la misión del abogado es siempre difícil. Interviene en los problemas del hombre, casi siempre cargados de pasión y de subjetivismo, en los que no resulta fácil la conciliación, el razonamiento o las buenas palabras.

Tendrá que, primero, si su tesis no prospera, explicarlo al cliente, que no siempre lo comprenderá. Y si prospera, como es su deseo, de seguro que tendrá la incomprensión del adversario, que no sabrá reconocer lo difícil de su posición. El abogado -lo sé por experiencia- pone todo su saber y entender en la correcta solución de todos cuantos asuntos se le encomiendan.

Unas veces, como dije, prospera su tesis, y otras será desestimada. Pero en uno o en otro caso allí estará su trabajo y su esfuerzo.

Al abogado se le exige sumisión a la Ley y a su conciencia. Justo es que en obligada reciprocidad cuente con el amparo de la Ley, como cooperador institucional de la recta Administración de Justicia, y cuente también con el respeto y consideración de la sociedad.