ME CUESTA pensar que un padre pueda llegar a matar a sus hijos y, más aún, el destino que todo parece apuntar que le ha dado a los cuerpos de sus víctimas. Otra vez menores. Pero más me cuesta pensar que la Policía científica llegue a elaborar un informe con un resultado tan nefasto como al parecer ha ocurrido. Volvemos al error y a recordar las reflexiones del pasado domingo. Quisiera ver qué pasa en un futuro con el autor o autora de ese informe. Aquí nunca pasa nada y rápido se olvida. También con este tipo de acciones se debe impartir justicia. Esto no debe pasar. No hay que parecer serio, hay que serlo. El ministro habló de "borrón", pero de confirmarse el error esto más que un "borrón" parece un "charco de tinta". A esta fecha, el padre de estos niños está imputado por un supuesto delito de detención ilegal y simulación de delito. El auto yo no lo he visto. Esto es: que, así la cosa, tendría un juicio ante la Audiencia Provincial compuesto por el triunvirato de magistrados. No ocurrirá si se le imputa asesinato.

Si se determina la veracidad de que los restos son de los menores, es casi seguro que su señoría le imputará los delitos de asesinato. Agravados con el agravante de parentesco. El escenario ya ha cambiado notablemente. Socialmente está condenado. Hoy siguen las concentraciones sociales en busca de justicia. Pero legalmente es distinto. Tiene que ser así. El Estado de Derecho lo exige. Las decisiones se deben adoptar sobre la base de valoraciones muy concretas de cada caso concreto. Aunque procedan de actos tan emotivos.

Lo cierto es que este padre es inocente hasta que no se demuestre lo contrario, y para su culpabilidad es preciso un juicio con todas las garantías. No solo con esas pruebas -que parece a todas luces apuntar a su autoría- se debe condenar, como mediáticamente está ocurriendo. Aunque me gusta pensar que la idea de justicia del "medio ambiente" pasa por el filtro del juez o magistrados. En su caso.

Si se acusa de asesinato y quedan fijados los hechos como tal, el presunto sería juzgado por el tribunal del jurado, es decir, por un tribunal popular. La decisión de culpabilidad o inocencia en el caso del tribunal del jurado descansa sobre personal "lego", no técnico en derecho. Aunque la decisión final, formal o jurídica, la sentencia, actuará como cristalizador del sentido concreto de los hechos y de la aplicación de las normas. Y la dictará un operador jurídico, el magistrado de ese tribunal.

En cualquier caso, y tal como se percibe la situación, de lo que se trata es de que se imparta justicia. En caso de condena por asesinato, el tiempo máximo de cumplimiento sería de cuarenta años de privación de libertad. Se trata del máximo contemplado en la legislación penal española, que se impone al individuo condenado por dos delitos castigados cada uno con pena superior a veinte años de prisión.

Pero el pueblo ya lo ha juzgado. Y hay que tener mucho cuidado con los sentimientos de venganza y buscar el castigo del culpable de forma precipitada. En este instante me vienen a la mente los abundantes casos que tenemos en nuestra historia de "condenas por impulso social" que el paso del tiempo confirmó erróneas. Al amparo de grandes palabras como "justicia, libertad, igualdad" se han cometido atrocidades sin nombre, y eso es un claro síntoma de que en la trastienda de los sentimientos colectivos hay necesidad de que de una vez por todas el sistema funcione con perfección casi absoluta.

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