Un derecho tan simple, oportunista, meramente volitivo, no figura en ninguna declaración universal de derechos ni en ninguna constitución del mundo. Carl Schmitt, que no deja de editarse en España, es de una extraordinaria potencia intelectual, como lo eran otros desafectos de la República de Weimar: Ernst Jünger y Martín Heidegger, contrarios a la democracia liberal. Fue Heidegger quien fichó a Carl Schmitt para el partido nazi, constituyéndose en el gran jurista del derecho público nazi, porque su ley habilitante no era una constitución.

Con la misma ingenuidad de Heidegger, pensó que iba a dirigir a los nazis marcándoles las grandes líneas. Carl Schmitt deploraba el positivismo jurídico de Kelsen. La preexistencia de la norma y su anclaje en ella, despojada de todo elemento sociológico. Así mismo era enemigo del parlamentarismo y las teorías consensualistas en la creación del marco constitucional. La teoría del derecho del jurista del régimen nazi, casualmente se conoce como "decisionismo". El poder ostenta el monopolio de la decisión. Schmitt no fue por delante de los nazis, sino por detrás, justificando desde la ciencia del derecho aquel régimen.

Si seguimos el proceso separatista catalán desde el punto de vista jurídico, veremos que en la única teoría en la que encuentra abrigo y aplicación es en la nazi. No por casualidad se habla de golpe de estado, por tanto no caben analogías con sistemas jurídicos democráticos. Debemos saber antes que nada que la soberanía del pueblo, no arranca de ningún proceso constituyente, sino del estado de excepción, es decir de la suspensión de las leyes vigentes, como explicó Schmitt. Cuando se han deslegitimado las leyes arranca la legitimidad no tanto del líder sino del mandato que recibe del "pueblo en sí". La voluntad del pueblo la representan los líderes. Y lo político, nos dirá, se define por la oposición radical entre amigo y enemigo. ¿Nos suena todo esto? De otro lado, la teoría del orden jurídico concreto salvaguarda las normas estamentales, consuetudinarias, orgánicas, históricas, un derecho concreto por verdadero, enemigo de todo abstraccionismo legal positivo.

La gran tríada schmittiana es la del pueblo, el movimiento y el Estado, que ostentarán el monopolio de la decisión. Él se refería a Alemania, nosotros a Cataluña, y que desemboca en un "nuevo concepto político de libertad". Quien crea la nueva ley, con la fuente de soberanía en el momento del estado de excepción, va a ser el movimiento y el pueblo, un todo que en su nombre creará leyes sin precedentes.