"La consistente en aplicar con meticulosidad las disposiciones reglamentarias y realizar con gran lentitud el trabajo para que descienda el rendimiento y se retrasen los servicios" (DRAE dice). Es la que la Policía Local de Santa Cruz de Tenerife vino aplicando, a su decir, la pasada semana en su conflicto con el ayuntamiento en demanda de mejores condiciones en la determinación de los puestos de trabajo, categorías laborales y sueldos correspondientes.
Podíamos leer en EL DÍA el pasado sábado 2 de diciembre: "Los conductores de la capital podrán respirar más tranquilos. Los sindicatos de la Policía Local de Santa Cruz decidieron ayer suspender, al menos de momento, la huelga de celo puesta en marcha desde el pasado miércoles y que había derivado en un incremento considerable de las sanciones. Solo el jueves se impusieron 368". O sea, la "huelga de celo" pretendía darle una patada al grupo de gobierno del ayuntamiento en esa parte del ciudadano en que la espalda pierde su honesto nombre. Y lejos de producir un problema al consistorio, le proporcionaron unos ingresos extras. No parece que "realizaran el trabajo con gran lentitud para que descendiera el rendimiento".
Justamente en la sección de "mojos" del mismo periódico y día podíamos leer en uno de ellos que se quejaba de la falta de limpieza: "(?) pero la única forma de educarnos es multar a los desaprensivos con policías patrullando a pie y no reunidos en la esquina de El Globo". O de alguna que otra cafetería, añado yo. Patrullar a pie los barrios sí sería una buena forma de llevar a cabo una "huelga de celo"; poner en dificultad a los "grafiteros" y a los amigos de lo ajeno. Eso contaría con el agradecimiento de los vecinos. Pero requiere mayor esfuerzo muscular que estar sentado en un vehículo o tomando un cafelito acá o allá.
La Constitución dice en el apartado 2 del artículo 28: "Se reconoce el derecho de huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad" ¿Dónde está la ley reguladora de este derecho? A no ser que yo haya estado en la inopia, que bien pudiera ser, creo que tal "ley que regule el ejercicio de este derecho" sigue a la espera después de 39 años de vigencia de la Constitución. Otro incumplimiento de la misma por parte de quienes han jurado o prometido cumplirla y hacerla cumplir. Todo el espectro ideológico en el Congreso. Todo gobierno que nos hemos dado desde 1978.