El pasado día 12 de diciembre, la Comisión de Igualdad del Congreso, y más concretamente los representantes de la coalición Podemos y sus grupos satélite, presentaron una proposición no de ley (PNL), solicitando al Gobierno que modifique la actual ley del aborto, a fin de que las menores de 16 y 17 años puedan abortar sin el permiso de sus padres. Siendo así, se las equipararía al régimen aplicable a las mayores de edad establecido en el Código Civil y dejaría, por tanto, en sus manos la decisión de abortar.

Esta iniciativa política tiene por objeto la de asegurar un aborto libre y seguro para todas las mujeres; es decir, lo que se pretende con la PNL es que se vuelva a la legislación inicial (Ley 2/2010) por la que las menores de 16 y 17 años podían abortar sin consentimiento paterno. Ley modificada, como veremos, en el año 2015, de tal modo que queda en manos de las menores la decisión de comunicarlo o no a sus padres.

No olvidemos que la Ley 2/2010 situó en los 16 años la mayoría de edad para decidir sobre la interrupción voluntaria del embarazo, y desde entonces, los padres solo debían de ser informados de esa decisión personal de su hija.

Hagamos un repaso a la legislación habida sobre el aborto: la norma inicial se aprobó gobernando el PSOE, en el año 2010 (Ley Orgánica 2/2010). Una de las novedades más importantes de esta norma legal fue reconocer, precisamente, a las menores de 16 y 17 años el derecho a abortar sin el consentimiento de sus padres o tutores. El requisito exigido a ellas era el deber de informarles de su decisión, salvo para aquellas que acreditaran mediante informe de servicios sociales situaciones de coacción, violencia familiar, malos tratos o desamparo, o bien cuando la actuación de los padres pudiera poner en peligro el interés superior de la menor, en cuyo caso corresponde al juez mediar y resolver.

En el año 2015, gobernando el PP, se aprobó la Ley Orgánica 11/2015, que supuso una reforma de la anterior ley de 2010 en lo que se refiere a las menores de edad. Esta nueva norma dejó sin efectos el apartado cuarto, del artículo 13 de la ley socialista, ya mencionada, por lo que todas las menores de 16 y 17 años necesitan el consentimiento firmado de sus padres o tutores para poder interrumpir el embarazo. Norma en vigor actualmente.

Los opositores a la ley de 2015 albergan la fundada sospecha de que entre 300 y 400 menores han pasado a estar en situación de desprotección frente al aborto por no poder contar con el consentimiento paterno, estimando que existe la sospecha de que el descenso numérico del aborto en menores no significa un descenso real, sino que podrían estar recurriendo a abortos clandestinos ante la desprotección jurídica y normativa que han sufrido desde la reforma de 2015.

Los partidarios de que vuelvan las cosas tal como estaban antes de la reforma de 2015 argumentan entre sus motivos que la mayoría de edad sanitaria en España es a los 16 años. Esto quiere decir que una persona con esta edad puede decidir sobre si se le practica o no una intervención quirúrgica, como es el aborto.

Por su parte, el Gobierno del PP y los partidarios de que siga en vigor la ley de 2015 se basan en que, dada la trascendencia del aborto, es fundamental que las menores se encuentren siempre acompañadas de sus padres para situaciones de vital importancia e impacto futuro, como es el aborto, ya que se trata de una decisión que afecta a la vida de un hijo en un momento crucial y complicado en la vida de la menor.