La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con más de 100.000 euros a la Corporación de Radio Televisión Española (CRTVE) y a Atresmedia por publicidad encubierta.

En concreto, Competencia ha sancionado con 108.771 euros a CRTVE por publicidad encubierta durante el programa "La Mañana", de La 1, del 29 de marzo de 2015, en el que se emitió "sin identificación, publicidad encubierta de una franquicia de gimnasios (Curves)".

En un reportaje del programa, según Competencia, se habla de la menopausia y los beneficios que aporta la actividad física, mientras aparecen en pantalla imágenes del gimnasio cuando las clientas hacen ejercicio, con presentaciones reiteradas de la marca, tanto en la pared del propio gimnasio como en las camisetas, y varias sobreimpresiones en pantalla.

La CNMC considera que existe una finalidad publicitaria y promocional, así como una incitación directa a la utilización de los servicios de este gimnasio.

Competencia recuerda a la Corporación que el artículo 18.2 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual prohíbe la publicidad encubierta: "Está prohibida -dice la normativa- la comunicación comercial encubierta y la que utilice técnicas subliminales".

Contra esta decisión, CRTVE podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses, al igual que lo podrá hacer también Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación S.A., que ha sido sancionada con 103.725 euros por publicidad encubierta durante el programa "Objetivo Bienestar", emitido en el canal Nova.

El expediente se refiere al programa del pasado 20 de marzo, durante el cual, según la CNMC, se emitió un espacio de carácter divulgativo e informativo de unos diez minutos de duración, con entrevistas y reportajes, en las que se promovía el nombre y la actividad de la Clínica Baviera con propósito publicitario.