El Consejo de Ministros aprobó ayer el decreto ley que modifica la compensación por copia privada y lo ajusta a derecho comunitario, por lo que la compensación a los autores por copias privadas de sus obras se cargará en móviles, CD y memorias, con excepciones sobre quién deberá hacerlo.

Según el texto del real decreto, que sustituye al que declaró ilegal el Tribunal Supremo el año pasado, este nuevo "canon digital" vuelve al concepto principal con el que entró en vigor durante el gobierno de Zapatero.

La compensación a los autores por la copia de sus obras se cargará en los equipos, aparatos y soportes digitales (móviles, CD y memorias).

"El decreto ley que presentamos lo que hace es sustituir el actual modelo de compensación equitativa financiado con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, por un modelo basado en el pago de un importe a satisfacer por los fabricantes y distribuidores de equipos, acompañado de un mecanismo efectivo de exceptuaciones y desembolsos", explicó el ministro de Cultura, Íñigo Méndez de Vigo.

Una persona jurídica se encargará de gestionar las excepciones del pago y reembolsos

Para gestionar la facturación de la compensación equitativa por copia privada a los fabricantes y distribuidores, las entidades de gestión deberán constituir una persona jurídica que, además, "será la responsable de gestionar las excepciones del pago y los reembolsos".

En cuanto a las excepciones incluidas en la nueva norma, quedarán exceptuadas de pago de derechos de autor las copias realizadas por las Administraciones públicas para uso profesional, las realizadas por personas jurídicas o físicas que actúen como "consumidores finales" y las realizadas por quienes cuenten con autorización.