El juzgado de lo Social número 16 de Madrid ha declarado ilegal la huelga de Metro sin servicios mínimos que tuvo lugar los días 29 y 30 de junio de 2010. Así, el magistrado considera "desproporción y extralimitación" en el ejercicio del derecho a huelga en estas jornadas y toma la decisión partiendo de las premisas de que el servicio que presta Metro de Madrid es "esencial" para la comunidad. Tras conocerse la sentencia, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, ha asegurado que es una "magnífica noticia" que marcará "un antes y un después", ya que "nunca habrá una huelga en la Comunidad que no respete" los servicios mínimos. Las reacciones no se han hecho esperar y mientras que Sindicatos han anunciado que recurrirán la resolución, Metro la ha valorado de forma "muy positiva" y cree que "los grandes beneficiarios son los ciudadanos de Madrid".

"Los días 29 y 30 de junio miles de ciudadanos se vieron impedidos o dificultados para realizar sus desplazamientos en la Comunidad de Madrid, se produjo un caos circulatorio al no poder absorber los transportes públicos alternativos, a pesar de ser reforzados, la demanda de los habitualmente usuarios del Metro", recalca. Así, el magistrado ve "desproporción y extralimitación" en el ejercicio del derecho a huelga en estas jornadas comparándolas, por ejemplo, con la del 1 de julio, donde el objeto de reivindicación era el mismo y sí que hubo servicios mínimos.

El magistrado toma esta decisión partiendo de las premisas de que el servicio que presta Metro de Madrid es "esencial" para la comunidad y se apoya en que los servicios mínimos establecidos para esta huelga (del 50%) "se incumplieron de manera total". También recoge que los paros de los días 29 y 30 de junio afectaron a 3,5 millones de viajeros, generaron unas pérdidas por ingresos directos de 5,7 millones de euros y unas pérdidas totales de 4,7 millones de euros.

Para argumentar su decisión, el juez hecha mano de una sentencia del Tribunal Constitucional en la que se dice que el derecho de los trabajadores a defender sus intereses mediante la huelga "cede cuando con ello se ocasiona un mal más grave que el que los huelguistas experimentarían si su reivindicación no tuviera éxito". "Es claro que ocurre así cuando se impide el funcionamiento de lo que la Constitución llama servicios esenciales a la comunidad", apunta.

LOS SERVICIOS MÍNIMOS "TIENEN QUE SER CUMPLIDOS"

Asimismo, el magistrado reconoce que el servicio de Metro es "esencial", según el Constitucional, porque "satisface la libre comunicación y circulación y el acceso al trabajo, a los lugares de residencia o a los centros en los que los ciudadanos obtienen la prestación de derechos fundamentales". Así, entiende que aunque los servicios mínimos impugnados tienen que ser cumplidos "al menos en parte" y recalca que en el caso de esta huelga "no se cumplieron en absoluto". "Ningún servicio mínimo se prestó dichos días por causa únicamente imputable a los trabajadores", sentencia.

También mantiene que no ha quedado probado que los mínimos no se cumplieron porque los empleados tuvieran razones más allá de la huelga para faltar a su puesto de trabajo. "Se acreditó el elevado número de usuarios que resultaron afectados directa e indirectamente, como hecho notorio, los ciudadanos de la Comunidad de Madrid, que se vieron impedidos o enormemente dificultados en sus desplazamientos para acudir a su puesto de trabajo y volver a su residencia, acudir a centros sanitarios o educativos, así como la repercusión económica del seguimiento de la huelga", agrega.

El pasado 16 de noviembre, la empresa Metro de Madrid presentó una demanda ante los Juzgados contra los sindicatos convocantes de la huelga de Metro (Sindicato de Conductores, Sindicato Libre de Metro, Solidaridad Obrera, CC.OO. UGT) y los responsables del Comité de Huelga con el fin de que se declararan ilegales las jornadas de huelga sin servicios mínimos.

"MARCARÁ UN ANTES Y UN DESPUÉS"

Tras conocer la sentencia, la presidenta de la Comunidad de Madrid ha asegurado que es una "magnífica noticia" que marcará un "antes y un después", ya que "nunca habrá una huelga" en la región que no respete los servicios mínimos. Asimismo, ha calificado la noticia como "enormemente positiva para todos los madrileños" y ha asegurado que demuestra que los servicios mínimos "se fijaron en el momento procesal oportuno" y antes de que se fijase "los sindicatos convocantes de la huelga ya habían decidido no respetarlos".

"Nuestra Constitución reconoce el derecho a la huelga y todos lo respetamos. Lo que hace la Constitución también es decir que ese derecho tiene que hacerse compatible con los servicios esenciales a la Comunidad de Madrid y el transporte colectivo. El Metro es un servicio esencial en la Comunidad de Madrid", ha subrayado.

La presidenta autonómica, además, ha felicitado a Metro de Madrid por "haber tenido la valentía de plantear por primera vez ante los tribunales la declaración de ilegalidad de una huelga" que "dejó a seis millones de ciudadanos sin poder moverse de un sitio a otro". "Los tribunales de Justicia han dictado una sentencia que a mi juicio lo que hace es poner los derechos de todos los madrileños donde tienen que estar", ha concluido.

EL FALLO SE ASIENTA EN "BASES DE POCO CALADO"

Por su parte, Sindicatos de Metro han anunciado que recurrirán ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Así, el representante del sindicato UGT en el Comité de Empresa de Metro, Teo Viñuelas, ha hecho un primer análisis de la sentencia a falta de una lectura más exhaustiva y ha anunciado que los servicios jurídicos del sindicato se han puesto ya a trabajar en el correspondiente recurso. Para UGT, el fallo del juez se asienta en "bases de poco calado", al centrarse en que Metro es un servicio esencial.

En una línea similar se ha pronunciado también el secretario general de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras (CC.OO.), Juan Antonio Olmos, que en una "primera valoración de urgencia" ha calificado la sentencia de "una equivocación de la jueza". "La convocatoria nunca se impugnó. Se hizo formalmente y los dos días de huelga y otros muchos se desarrollaron con normalidad. Nunca fue objeto de controversia", ha añadido.

Olmos ha hecho hincapié en que "también está recurrida y pendiente de valorar la ilegalidad de los servicios mínimos", que el sindicato considera "abusivos". "No se debió de entrar hasta el fondo del asunto hasta no tener el conjunto del entorno encima de la mesa", ha concluido.

UNA SENTENCIA "MUY POSITIVA"

Por otro lado, el consejero de Metro de Madrid, Ignacio González Velayos, ha valorado de forma "muy positiva" la sentencia y ha asegurado que "los grandes beneficiarios son los ciudadanos de Madrid, que se vieron privados" de utilizar este servicio. Para Metro, "la sentencia asume la tesis" mantenida desde la Dirección, que pasa por reconocer el derecho de trabajadores y sindicatos de convocar huelgas pero con la "obligación del cumplimiento de los servicios mínimos".

González Velayos ha añadido que la sentencia conocida este lunes incluye "de forma clara todas las reivindicaciones que había planteado" la Dirección de Metro y, a su juicio, es necesario hacer una reflexión al respecto. "Estoy seguro de que a partir de ahora nadie se va a saltar los servicios mínimos. Es necesario, ahora más que nunca, la modificación de la Ley de Huelga para compatibilizar los derecheros de los trabajadores y de los ciudadanos", ha afirmado.

Sobre el recurso que interpondrán los sindicatos, el consejero delegado de Metro de Madrid ha señalado que "es lógico" en el contexto de un Estado de Derecho que la parte que no conseguido sus objetivos pueda recurrir la decisión de la Justicia.