El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid ha aprobado el plan de liquidación de Afinsa, que otorga un plazo orientativo de un año para vender la mayoría de los activos y que insta a iniciar en cuanto sea posible la devolución de los ahorros de los clientes, con un pago inicial del 5 por ciento de las inversiones.

En un auto publicado hoy por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), el juez Francisco Javier Vaquer avisa no obstante de que continúan las discrepancias sobre la actividad financiera o mercantil de Afinsa, lo que podría obligar a entregar la filatelia a la mayoría de los 190.666 clientes, que verían saldados así los importes que les adeuda la empresa.

El juez sostiene que no puede acatar, por ser de otro orden jurisdiccional diferente, las sentencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que fijaron en diciembre de 2010 que la actividad de Afinsa era mercantil (de modo que la filatelia pertenece a los clientes).

Vaquer concluye que la naturaleza de Afinsa deberá fijarse definitivamente en la jurisdicción civil para poder afectar a la liquidación de la compañía.

Así, establece que, de modo subsidiario y "para el supuesto de declararse en el presente concurso que los contratos PIC, CIT, CIF y MIP que unía a la concursada con sus clientes tenían la naturaleza de contratos de compraventa y que la filatelia individualizada y plenamente identificada es titularidad de sus clientes, se acuerda la inmediata separación de tales unidades filatélicas y su inmediata entrega a sus legítimos titulares".

Si finalmente se les devuelven los lotes de sellos, los clientes serán excluidos simultáneamente de la lista de acreedores por el importe total de las inversiones y sus correspondientes revalorizaciones, avisa el juez.

Esas actuaciones no serán aplicables a los "numerosos, pero porcentualmente escasos supuestos", en los que no se había producido una asignación "plenamente identificable" de sellos.

El plan de liquidación aprobado hoy establece un calendario de 10 meses para que la administración concursal subaste o venda directamente los inmuebles de Afinsa (valorados en 105 millones de euros a finales de 2007) por su valor de tasación o por precios inferiores.

Si transcurrido ese plazo no se hubieran conseguido enajenar los inmuebles, la administración concursal tendrá que celebrar una última subasta judicial sin sujeción a un precio de salida.

Según fuentes jurídicas consultadas por Efe, los administradores concursales tienen intención de vender con carácter prioritario el Palacio del Nuncio, en Aranjuez, y la sede de Afinsa en Madrid, con el objetivo de engrosar la tesorería y liquidez existente, que ahora ronda los 116 millones de euros, y poder pagar antes de final de año el 5 por ciento de las inversiones.

Esa cifra es menor que la que han cobrado los clientes de Fórum Filatélico, que han percibido un 10 por ciento de las inversiones, cinco años después de la intervención de ambas compañías, el 9 de mayo de 2006.

Con la liquidación, los clientes de Afinsa sólo pueden tener la expectativa de recuperar como máximo el 30 por ciento de lo que invirtieron, ya que la empresa cuenta con activos valorados en 812,64 millones, frente a unas deudas de 2.443,75 millones, según el informe definitivo de situación patrimonial.

En esos activos se incluyen los 199,22 millones de euros en impuestos pagados a Hacienda desde 1998, que se tendrían que detraer si finalmente se considera que la actividad realizada fue mercantil, en vez de financiera.

En el auto, el titular del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid también otorga un plazo orientativo de un año para que la administración concursal venda la participación de Afinsa en la cotizada estadounidense Spectrum Group.

Ese período podrá ser prorrogado "en circunstancias extraordinarias y en interés del concurso", a petición de la administración concursal, que tenía intención de vender el paquete en las condiciones más beneficiosas de cotización si no se lo podía colocar a un gran inversor.

Respecto a los sellos, el juez mercantil autoriza la venta "de la integridad del fondo filatélico", en el plazo de un año, que podrá ser prorrogado también "en circunstancias extraordinarias y en interés del concurso", igual que en el caso de las obras de arte, la numismática, los diamantes o la Biblioteca Pedro Monge.