El Tribunal de Justicia de la Unión Europea señaló ayer que los estados miembros pueden establecer un límite temporal a la acumulación de vacaciones anuales retribuidas por parte de trabajadores que no hayan podido disfrutar de ese derecho por encontrarse de baja por incapacidad laboral.

En una sentencia hecha pública ayer, la máxima instancia judicial europea precisó, no obstante, que dicho límite debe ser "sustancialmente superior" al tiempo de trabajo por el que se conceden vacaciones, según informó el tribunal en un comunicado.

La corte de Luxemburgo se pronunció así sobre el litigio iniciado ante un tribunal alemán por un trabajador que sufrió un infarto en 2002 que lo incapacitó. Recibió la pensión hasta 2008, pero no se le pagaron vacaciones desde 2006.