La banca que asuma el código de buenas prácticas que ha aprobado hoy el Gobierno tendrá que refinanciar las hipotecas de las familias con riesgo de exclusión social, aquéllas con todos sus miembros en paro y sin ningún tipo de ingresos.

Antes de que se haya iniciado la ejecución de la propiedad, los hipotecados podrán pedir a su banco una carencia de 4 años en los que sólo pagarán intereses, la ampliación de la hipoteca a 40 años y la reducción del interés aplicable a euríbor más 0,25 puntos.

Si a pesar de la refinanciación, la familia es incapaz de pagar su hipoteca porque con ella se van más del 60 % de sus ingresos, podrá solicitar una quita en la deuda pendiente.

La quita es posible aunque el banco haya iniciado ya el proceso de ejecución, siempre que no esté anunciada la subasta, y si tampoco resulta suficiente, los hipotecados en riesgo de exclusión pueden ofrecer su vivienda para terminar de saldar la deuda.

En ese caso, la familia podrá quedarse en alquiler al menos 2 años con un alquiler anual del 3 % de la deuda pendiente. Así, si quedan por pagar 100.000 euros, el alquiler será de 250 euros, según el ejemplo que puso la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

La vicepresidenta ha recordado que desde que empezó la crisis ha habido más de 300.000 ejecuciones hipotecarias en España y en estos momentos existe un millón y medio de familias con todos sus miembros en paro.

Las facilidades ideadas por el Gobierno se recogen en un código de buenas prácticas que se publicará en el BOE y al que se acogerá voluntariamente la mayoría de la banca.

Las entidades comunicarán su inclusión a la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera y estará obligada a aplicar, al menos durante dos años, las nuevas condiciones a las hipotecas (también a las ya vigentes) y si no lo hacen, los afectados podrán invocar a los tribunales.

En cualquier caso, una comisión de control con representantes de la Asociación Hipotecaria Española, el Banco de España, la Comisión Nacional y la Secretaría de Estado de Economía hará un seguimiento e informará semestralmente del cumplimiento de las buenas prácticas.

El código se incluye en un real decreto aprobado hoy por el Ejecutivo con medidas para paliar el problema de los desahucios en familias en riesgo de exclusión social, aquéllas con una única vivienda, todos sus miembros en paro y sin rentas del trabajo.

Además, la hipoteca deberá consumir el 60 % de los ingresos que percibe la familia, que no podrá tener otros bienes patrimoniales con los que hacer frente a la deuda y cuya vivienda no podrá valer más de 200.000 euros en ciudades de más de un millón de habitantes.

El límite del valor del inmueble se reduce a 180.000 euros en ciudades de más de medio millón de habitantes o en áreas metropolitanas de municipios de más de un millón y se queda en 150.000 euros en las de más de cien mil habitantes.

Para poblaciones con menos habitantes, una familia no se considerará en riesgo de exclusión si su vivienda vale más de 120.000 euros.

El real decreto aprobado por el Ejecutivo limita también en el caso de las familias en el umbral de exclusión los intereses de demora que serán del 2,5 % por encima del precio del préstamo.

Por último, el real decreto intenta que los procedimientos de embargos extrajudiciales sean "más ágiles, baratos y transparentes" con fórmulas como un nuevo sistema de subastas "online" en colaboración con los Ministerios de Justicia y de Presidencia.